Disponen publicar Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para el Reordenamiento de una Banda de Frecuencias en el Portal Institucional del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 634-2018 MTC/01.03

Lima, 14 de agosto de 2018

VISTO:

El Informe Nº 348-2018-MTC/26 de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones y la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 57 y 58 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establecen que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación, cuya administración, asignación de frecuencias y control corresponden al Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, el artículo 199 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que le corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico; asimismo el artículo 200 dispone que toda asignación de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalización, el cual es aprobado por resolución viceministerial;

Que, el artículo 222 del referido Reglamento, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones debe velar por el correcto funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones que utilizan el espectro radioeléctrico y por la utilización racional de dicho recurso;

Que, en el marco de las competencias conferidas al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y tomando en cuenta las recomendaciones y tendencias internacionales, se considera necesario aprobar un Reglamento para el Reordenamiento de una Banda de Frecuencias, con el objetivo de procurar un mejor uso del espectro radioeléctrico, permitir el despliegue de nuevas tecnologías de mayor eficiencia espectral, las que proveen diversidad de servicios convergentes y promover la participación de más operadores compitiendo en el mercado de las telecomunicaciones, en beneficio de los usuarios;

Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones y la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, mediante Informe conjunto Nº 348-2018-MTC/26, recomiendan la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para el Reordenamiento de una Banda de Frecuencias, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general;

Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, en ese mismo sentido, la Directiva Nº 001-2011-MTC/01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01, regula la publicación de los proyectos de normas de carácter general en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; indicando entre otros, que el plazo para la recepción de comentarios u observaciones será como mínimo de treinta (30) días hábiles, salvo disposiciones contrarias específicas;

Que, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendario, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes, siendo aplicable en el presente caso el citado plazo por tratarse de un proyecto normativo relacionado a servicios públicos de telecomunicaciones;

Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para el Reordenamiento de una Banda de Frecuencias, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, aprobados por Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC; y, la Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del Proyecto

Dispóngase la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para el Reordenamiento de una Banda de Frecuencias, así como su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de Ia ciudadanía, dentro del plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de Ia publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios

Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos No. 1203 - Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección gblanco@mtc.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMER TRUJILLO MORI

Ministro de Transportes y Comunicaciones

1680978-1