Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico “Geoglifo Portillo Grande”, ubicado en el departamento de Lima

resolución viceministerial

nº 120-2018-vmpcic/mc

Lima, 2 de agosto de 2018

VISTOS, el Informe N° 900142-2018/DGPA/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; y el Informe Técnico N° 2697-2015-DSFL-DGPA/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto por el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que están debidamente protegidos por el Estado;

Que, asimismo el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificado por el Decreto Legislativo N° 1255, declara de interés social y de necesidad pública, la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;

Que, conforme a lo previsto en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo N° 1255, una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura consiste en realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, de conformidad a lo previsto en el literal a) del artículo 14 de la Ley acotada, el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, tiene entre sus funciones formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, mediante Informe Técnico N° 2697-2015-DSFL-DGPA-MC de fecha 3 de noviembre de 2015, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, en uso de sus facultades previstas en los numerales 62.7, 62.8 y 62.9 del artículo 62 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC (en adelante ROF), recomienda declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico “Geoglifo Portillo Grande”, ubicado en el distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima; así como aprobar el expediente técnico (ficha técnica, memoria descriptiva y plano) de delimitación del referido Paisaje Arqueológico;

Que, mediante Informes N° 900105-2018-VCV/DSFL/DGPA/VMPCICI/MC y N° 900166-2018/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal informó que se ha actualizado el Certificado de Búsqueda Catastral con la Publicidad N° 7579542 emitido el 15 de diciembre de 2017, el cual determina que gráficamente el Paisaje Arqueológico “Geoglifo Portillo Grande” se encuentra dentro del ámbito mayor del predio inscrito en el Tomo 11H Fojas 695 Asiento B00001 que continua en la Partida N° 11069102, cuya derecho real corresponde a la Comunidad Campesina de Cucuya; la cual fue notificada respecto del procedimiento de declaratoria y aprobación del expediente técnico del Paisaje Arqueológico “Geoglifo Portillo Grande”, otorgándosele el plazo de diez (10) días hábiles para que ejerza su derecho de presentar alegaciones; no presentándose alegación alguna;

Que, mediante Memorando N° 900089-2018/DGPI/VMI/MC de fecha 2 de julio de 2018, la Dirección General de los Derechos de los Pueblos Indígenas remite el Informe N° 900035-2018/DCP/DGPI/VMI/MC, el mismo que determina que el distrito de Lurín se encuentra considerado como una área geográfica sin evidencia de ejercicio de derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, al integrar al área Tipo 1 para el caso de las medidas identificadas por la Dirección de Consulta Previa, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC de fecha 28 de setiembre de 2017;

Que, por Informe N° 900142-2018/DGPA/VMPCIC/MC de fecha 13 de julio de 2018, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de sus facultades previstas en el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, emite opinión favorable a la declaratoria y delimitación propuestas, elevando el expediente al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, para que continúe con el trámite que corresponde;

Que, conforme a lo previsto en el numeral 7.3 del artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC, corresponde declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico “Geoglifo Portillo Grande”, ubicado en el distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima; así como aprobar el expediente técnico (ficha técnica, memoria descriptiva y plano) de delimitación del referido Paisaje Arqueológico, por la importancia y valor que tiene para la identidad nacional, así como para brindarle protección legal para su conservación, al tratarse de un área intangible, siendo necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; en el Texto único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; en el Reglamento de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2014-MCl; y, la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico “Geoglifo Portillo Grande”, según los datos señalados en el siguiente cuadro:

Departamento

Lima

Provincia

Lima

Paisaje Arqueológico

Distrito

Datum WGS84 Zona 18

UTM Este

UTM Norte

Geoglifo Portillo Grande

Lurín

309373.8570

8647854.2240

Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del Paisaje Arqueológico “Geoglifo Portillo Grande” ubicado en el distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano, área y perímetro siguientes:

Nombre del Paisaje Arqueológico

Nº de Plano en Datum WGS84

Área

(m2)

Área

(ha)

Perímetro (m)

Geoglifo Portillo Grande

PP-127-MC_DGPA/DSFL-2014 WGS84

126 819.08

12.6819

1426.53

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del paisaje arqueológico, así como el expediente técnico señalado en el artículo 2 de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el paisaje arqueológico declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura.

Artículo 5.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para efectos que el Paisaje Arqueológico “Geoglifo Portillo Grande”, sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen.

Artículo 6.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Comunidad Campesina de Cucuya, Municipalidad Distrital de Lurín y Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA

Viceministro de Patrimonio Cultural e

Industrias Culturales

1677012-1