Amplían listado de procedimientos administrativos considerados en el artículo 2° de la R.D. N° 0899-2018 MGP/DGCG, y disponen aplicar sus disposiciones al procedimiento C-13, refrenda o renovación del Certificado de francobordo o línea máxima de carga
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 0945-2018-mgp/dgcg
31 de julio de 2018
Visto, la Resolución Directoral 0899-2018 MGP/DGCG de fecha 24 de julio del 2018, mediante la cual se establecen las consideraciones para dar cumplimiento a las Resoluciones publicadas en el Diario Oficial “El Peruano” de fecha 13 de junio de 2018 y 22 de junio de 2018, de la parte pertinente de las resoluciones 0121-2018/SEL-INDECOPI y 0135-2018/SEL-INDECOPI respectivamente, emitidas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, que resuelve declarar barrera burocrática ilegal a procedimientos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú - TUPAM – 15001;
CONSIDERANDO:
Que, en el artículo 2° de la Resolución Directoral 0899-2018 MGP/DGCG, se establecen los procedimientos necesarios para el proceso de certificación de naves, artefactos navales y plataformas, las cuales serán atendidos por las Direcciones Técnicas y Capitanías de Puerto a nivel nacional, conforme a las capacidades y la programación que establezca el área competente y la evaluación que se realice de manera particular caso por caso; sin considerar los procedimientos B-49, C-03, C-04, C-05, C-07, C-20 y C-23, también declarados barrera burocrática ilegal mediante la Resolución 0135-2018/SEL-INDECOPI;
Que, es necesario incluir los procedimientos indicados en el párrafo precedente bajo los alcances de lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución Directoral 0899-2018 MGP/DGCG; asimismo, aplicar lo dispuesto en el artículo 3° en los casos de refrenda y renovación del certificado de francobordo o línea máxima de carga establecido en el procedimiento C-13;
De conformidad con lo propuesto por el Director de Control de Actividades Acuáticas, a lo opinado por el Director de Asuntos Legales y Director de Doctrina, Normativa, Gestión y Estadística, y a lo recomendado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Ampliar el listado de procedimientos administrativos considerados del artículo 2° de la Resolución Directoral 0899-2018 MGP/DGCG, incluyendo los procedimientos que se indican a continuación:
B-49 |
Otorgamiento del certificado de dotación mínima de seguridad para naves y artefactos navales de un arqueo mayor a 13.30 |
C-03 |
Aprobación de planos para embarcaciones y artefactos navales de un arqueo bruto mayor a 6.48 hasta 20.00 (construcción y modificación) |
C-04 |
Aprobación de planos para embarcaciones y artefactos navales de un arqueo bruto mayor a 20.00 hasta 30.00 (construcción y modificación) |
C-05 |
Aprobación de planos para embarcaciones y artefactos navales de un arqueo bruto superior a 30.00 (construcción o modificación) |
C-07 |
Renovación de licencia de construcción de naves y artefactos navales |
C-20 |
Refrenda anual del certificado de matrícula |
C-23 |
Actualización del certificado de matrícula de la nave por cambio de actividad, modificación estructural y otros datos consignados en el certificado |
Artículo 2°.- Aplicar las disposiciones del Artículo 2° de la Resolución Directoral 0899-2018 MGP/DGCG, al procedimiento C-13, refrenda o renovación del Certificado de francobordo o línea máxima de carga.
Artículo 3°.- La presente Resolución Directoral será publicada en el portal electrónico de la Autoridad Marítima Nacional https://www.dicapi.mil.pe.
Artículo 4°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (D.O.P.).
MANUEL VÁSCONES MOREY
Director General de Capitanías y Guardacostas
1676981-1