RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 189-2018-pcm

Lima, 31 de julio de 2018

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30556 - Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; crea la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar el Plan Integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, que incluya intervenciones que en conjunto tienen alto impacto económico, social y ambiental, como consecuencia de acciones que califiquen como nivel de emergencia 4 y 5 en las zonas de riesgo alto y muy alto de conformidad con la legislación sobre la materia, así como las intervenciones de alcance nacional en dichas zonas;

Que, el primer párrafo del numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley 30556, establece que la totalidad de los recursos económicos que se requieran para la implementación de los componentes de El Plan son financiados con cargo al Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458 - Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales;

Que, mediante Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2018;

Que, la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante resolución de su titular, durante el año fiscal 2018, a realizar transferencias financieras a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado por el artículo 4 de la Ley 30458 para el financiamiento de las intervenciones a las que se refiere el primer párrafo del numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley 30556. La referida resolución ministerial se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante el Oficio Nº 548-2018-EF/50.06, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas comunica a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios el importe total de los recursos que la Presidencia del Consejo de Ministros debe de transferir al Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en lo que corresponde al tercer trimestre de las intervenciones programadas en el Plan Integral de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el cual asciende a S/ 1 081 971 177,00 (MIL OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES);

Que, a través del Oficio Nº 567-2018-RCC-DE, el Director Ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, solicita a la Presidencia del Consejo de Ministros, se tramite la aprobación de la transferencia financiera a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), correspondiente al tercer trimestre del año fiscal 2018 de las intervenciones programadas en el Plan Integral de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, por un monto de S/ 1 081 971 177,00 (MIL OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES):

Con la visación de la Oficinas Generales de Planificación y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley N° 30556 - Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; la Ley Nº 30693 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM, y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera

Autorízase la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios de la Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), hasta por la suma de S/ 1 081 971 177,00 (MIL OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, Actividad 5005970: Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios hasta por el monto de S/ 1 081 971 177,00 (MIL OCHENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES).

Artículo 3.- Notificación

Notificar la presente Resolución Ministerial al Fondo para Intervención ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), así como al Director Ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO

Presidente del Consejo de Ministros

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