Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada al financiamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio

RESOLUCIóN MINISTERIAL

Nº 273-2018-VIVIENDA

Lima, 30 de julio del 2018

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 189 550 098,00), por toda Fuente de Financiamiento;

Que, el inciso v) del literal a) del párrafo 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; la misma que según el párrafo 15.2 del mencionado artículo se realiza mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Memorándum Nº 1058-2018-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo comunica la suscripción de la Adenda Nº 01 al Convenio Nº 126-2018-VIVIENDA, “Convenio para la Ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de aplicación: Adquisición de Vivienda Nueva, Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda”; por lo que propone gestionar el dispositivo legal que autoriza la transferencia financiera hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 271 429 820,00), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley Nº 30693;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorando Nº 1738-2018/VIVIENDA-OGPP, el mismo que hace suyo el Informe N°212-2018/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria, y propone un proyecto de resolución ministerial, que autoriza la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 271 429 820,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada al financiamiento del Bono Familiar Habitacional en las modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio; para lo cual, se ha suscrito la Adenda Nº 01 al Convenio Nº 126-2018-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva;

Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a), párrafo 15.1 del artículo 15, de la Ley N° 30693, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 271 429 820,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada al financiamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 271 429 820,00), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada al financiamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Programa Presupuestal 0146. Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830. Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006085. Selección Asignación y Supervisión del Bono Familiar Habitacional, fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en la Genérica del Gasto 4. Donaciones y Transferencias.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y la Adenda Nº 01 al Convenio N°126-2018-VIVIENDA.

Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento

La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la presente Transferencia Financiera.

Artículo 5.- Información

El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y lo establecido en la Adenda Nº 01 al Convenio N°126-2018-VIVIENDA.

Artículo 6.- Publicación y Difusión

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano” y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe)

Regístrese, comuníquese y publíquese

JAVIER PIQUÉ DEL POZO

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

1675516-1