Aprueban el “Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables 2018-2020”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 215-2018-MIMP

Lima, 25 de julio de 2018

Vistos, el Informe Nº 061-2018-MIMP/OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Nota Nº 165-2018/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión, entre otros;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM se aprobó la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, que es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionalmente Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, quienes deben adecuar su marco normativo;

Que, la citada Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción es un instrumento que permite ordenar, integrar y actualizar las acciones que ha adoptado el Estado Peruano en materia de lucha contra la corrupción, y así fortalecer las acciones de las entidades públicas vinculadas a la prevención, identificación y gestión de riesgos, y sanción de los actos de corrupción;

Que, en los artículos 3 y 5 del mencionado Decreto Supremo, se establece que las entidades del Estado que se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, tienen a su cargo la implementación y ejecución de la misma, en el marco de sus competencias; así como, corresponde a las entidades del Estado que se encuentran bajo el ámbito de la citada norma el deber y la obligación de realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación de las acciones que se aprueben en el marco de la Política, su Plan y en el marco de sus competencias;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, se aprobó el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, el cual plantea un modelo de integridad cuyo desarrollo corresponde a estándares internacionales y buenas prácticas planteadas desde la cooperación internacional con la finalidad de mejorar la organización de la administración pública para promover la integridad y luchar contra la corrupción;

Que, mediante Informe Nº 061-2018-MIMP/OGPP-OMI la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha sustentado la importancia y necesidad de aprobar el “Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables 2018-2020” para fortalecer la lucha contra la corrupción en este Sector;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción; y, en el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables 2018-2020”, el que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- La implementación del “Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables 2018-2020” es de responsabilidad de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como de los programas nacionales y de su organismo público ejecutor adscrito.

Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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