Aprueban el Reglamento RE-219-GRE/007 “Elaboración del Padrón Electoral en Procesos de Consulta Vecinal con Fines de Demarcación Territorial” - Primera Versión

RESOLUCIóN JEFATURAL

Nº 000082-2018-JNAC/RENIEC

Lima, 25 de julio de 2018

VISTOS:

Los Memorandos N° 000186-2018/GRE/RENIEC (20FEB2018) y N° 000579-2018/GRE/RENIEC (03MAY2018), emitidos por la Gerencia de Registro Electoral; los Informes N° 000025-2018/GRE/SGVDP/RENIEC (20FEB2018) y N° 000263-2018/GRE/SGVDP/RENIEC (26ABR2018) y las Hojas de Elevación N° 000087-2018/GRE/SGVDP/RENIEC (20FEB2018) y N° 000369-2018/GRE/SGVDP/RENIEC (26ABR2018) emitidos por la Sub Gerencia de Verificación Domiciliaria y Procesamiento de la Gerencia de Registro Electoral; los Memorandos N° 000754-2018/GPP/RENIEC (01MAR2018) y N° 001028-2018/GPP/RENIEC (21MAR2018) emitidos por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes N° 000064-2018/GPP/SGRM/RENIEC (01MAR2018) y N° 000087-2018/GPP/SGRM/RENIEC (21MAR2018) emitidos por la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; la Hoja de Elevación N° 000019-2018/GAJ/SGAJR/RENIEC (14MAR2018) y los Informes N° 000108-2018/GAJ/SGAJR/RENIEC (19ABR2018) y N° 000138-2018/GAJ/SGAJR/RENIEC (11MAY2018), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Memorandos N° 000739-2018/GAJ/RENIEC (14MAR2018) y N° 000894-2018/GAJ/RENIEC (19ABR2018) y la Hoja de Elevación N° 000265-2018/GAJ/RENIEC (11MAY2018), emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;

Que el artículo 4° de la Ley N° 28716 “Ley de Control Interno de las Entidades del Estado”, señala que las entidades del Estado deben incorporar obligatoriamente sistemas de control interno en sus procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales;

Que atendiendo a lo expresado, se tiene que la dinámica institucional ha llevado a que se efectúen modificaciones a la estructura orgánica y al Reglamento de Organización y Funciones Institucional, por lo cual se hace imperiosa la necesidad de adecuar los documentos normativos, los cuales se consideran que deben ser ajustados acorde a la operatividad y el logro de las metas y objetivos institucionales;

Que los diversos órganos y unidades orgánicas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos o en otros casos, se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas;

Que mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Registro Electoral, en virtud de las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modificatoria, propone el Reglamento RE-219-GRE/007 “Elaboración del Padrón Electoral en Procesos de Consulta Vecinal con Fines de Demarcación Territorial” - Primera Versión;

Que, el proyecto de Reglamento RE-219-GRE/007 “Elaboración del Padrón Electoral en Procesos de Consulta Vecinal con Fines de Demarcación Territorial” - Primera Versión, tiene como objetivo regular el procedimiento para el empadronamiento de los vecinos del ámbito involucrado y la elaboración del padrón electoral para la consulta vecinal con fines de demarcación territorial, acorde con la competencia del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y según lo establecido en la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial y su Reglamento;

Que mediante los documentos de vistos, la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, indica que el proyecto de Reglamento RE-219-GRE/007 “Elaboración del Padrón Electoral en Procesos de Consulta Vecinal con Fines de Demarcación Territorial” - Primera Versión, se ajusta a los lineamientos dispuestos en la Directiva DI-200-GPP/001 “Lineamientos para la Formulación de los Documentos Normativos del RENIEC”, Sexta Versión, aprobada por Resolución Secretarial N° 055-2017/SGEN/RENIEC (28AGO2017);

Que, asimismo la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto recomienda que se deje sin efecto el Reglamento RE-204-GOR/SGAE/001 “Reglamento de Padrón Electoral para Procesos de Consulta Vecinal con Fines de Demarcación Territorial”, Primera Versión, aprobado por Resolución Jefatural N° 000173-2012/JNAC/RENIEC (05JUL2012);

Que conforme lo establecido en la Directiva DI-200-GPP/001 “Lineamientos para la Formulación de Documentos Normativos del RENIEC”, Sexta Versión, aprobada mediante Resolución Secretarial N° 000055-2017-SGEN/RENIEC (28AGO2017), previo a la aprobación del documento normativo propuesto por la Gerencia de Registro Electoral, resulta necesario dejar sin efecto el reglamento indicado en el considerando precedente;

Que en ese contexto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el documento de vistos, señala que el proyecto de Reglamento RE-219-GRE/007 “Elaboración del Padrón Electoral en Procesos de Consulta Vecinal con Fines de Demarcación Territorial” - Primera Versión, presenta la consistencia legal pertinente; correspondiendo que sea aprobado por Resolución Jefatural, para lo cual señala, que previamente deberá dejarse sin efecto, por acto administrativo pertinente, el Reglamento RE-204-GOR/SGAE/001 “Reglamento de Padrón Electoral para Procesos de Consulta Vecinal con Fines de Demarcación Territorial”, Primera Versión, aprobado por Resolución Jefatural N° 000173-2012/JNAC/RENIEC (05JUL2012);

Que se hace necesario difundir la presente resolución a la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y,

Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el inciso j) del artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modificatoria y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009) modificado por Decreto Supremo N° 014-2012-JUS (29AGO2012);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Reglamento RE-204-GOR/SGAE/001 “Reglamento de Padrón Electoral para Procesos de Consulta Vecinal con Fines de Demarcación Territorial”, Primera Versión, aprobado por Resolución Jefatural N° 000173-2012/JNAC/RENIEC (05JUL2012).

Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento RE-219-GRE/007 “Elaboración del Padrón Electoral en Procesos de Consulta Vecinal con Fines de Demarcación Territorial” - Primera Versión, propuesto por la Gerencia de Registro Electoral.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Registro Electoral y a la Gerencia de Tecnología de la Información la implementación de las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y en el Reglamento aprobado.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario Oficial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO

Jefe Nacional

1674257-1