Aprueban nueva versión del Programa de Declaración de Beneficios (PDB) Exportadores
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 179-2018/SUNAT
APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PROGRAMA DE DECLARACIÓN DE BENEFICIOS (PDB) – EXPORTADORES
Lima, 24 de julio de 2018
CONSIDERANDO:
Que el artículo 8 del Reglamento de Notas de Crédito Negociables, aprobado por el Decreto Supremo Nº 126-94-EF y normas modificatorias, señala que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT podrá establecer que la información que se deberá adjuntar a las comunicaciones de compensación y a las solicitudes de devolución del saldo a favor materia del beneficio del exportador sea presentada en medios informáticos, de acuerdo con la forma y condiciones que establezca para tal fin;
Que la Resolución de Superintendencia Nº 157-2005/SUNAT y normas modificatorias aprobó el procedimiento para la presentación en medios magnéticos de la referida información, la que actualmente debe efectuarse a través del PDB Exportadores - versión 2.3, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia Nº 210-2013/SUNAT;
Que con la Ley Nº 30641, Ley que fomenta la exportación de servicios y el turismo, se modificó el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, en lo que respecta a los servicios que pueden ser materia de exportación;
Que teniendo en cuenta dicha modificación, y a fin de facilitar las labores de control por parte de la administración tributaria, resulta necesario aprobar una nueva versión del PDB Exportadores que permita ingresar, de manera discriminada, la información relativa a las exportaciones de bienes y de servicios, solicitando información adicional respecto de la descripción del servicio exportado; el país de uso, explotación o aprovechamiento del servicio; el nombre del sujeto no domiciliado a favor de quien se presta el servicio; así como el monto, forma y fecha de pago de las operaciones de exportación;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 8 del Reglamento de Notas de Crédito Negociables; el numeral 6 del artículo 87 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado con el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y normas modificatorias; el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modificatorias; y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y normas modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobación de la nueva versión del PDB Exportadores
Apruébese la versión 2.4 del PDB Exportadores.
Artículo 2. Obtención de la nueva versión del PDB Exportadores
2.1 La versión 2.4 del PDB Exportadores estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual a partir del día de entrada en vigencia de la presente resolución.
2.2 La SUNAT a través de sus dependencias facilita la obtención de la citada versión.
Artículo 3. Uso de la nueva versión del PDB Exportadores
El PDB Exportadores - versión 2.4 debe ser utilizado a partir del día de entrada en vigencia de la presente resolución, incluso para modificar la información contenida en los PDB – Exportadores que se hubieran presentado con anterioridad a dicha fecha.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA
Superintendente Nacional
1673493-1