Otorgan duplicado de diploma de título profesional de ingeniera en industrias alimentarias otorgado por la Universidad Nacional del Centro del Perú

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL

CENTRO DEL PERU

RESOLUCIÓN Nº 3905-CU-2018

Huancayo, 19 de junio de 2018

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU

Visto, el expediente Nº 19448 de fecha 31.05.2018, por medio de la cual doña Lisbeth Karina ASTO HERRERA, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniera en Industrias Alimentarias, por perdida.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país;

Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad;

Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 1256-2013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626;

Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma;

Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad”;

Que, doña Lisbeth Karina ASTO HERRERA, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniera en Industrias Alimentarias, por perdida, el mismo que fue expedido el , 27.08.2014, Diploma registrado con el Nº 546, registrado a Fojas 093, del Tomo 030-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y

De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 19 de junio de 2018.

RESUELVE:

ANULAR el Diploma de Título Profesional de Ingeniera en Industrias Alimentarias, de fecha primigenio 27.08.2014, por motivo de perdida.

OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE INGENIERA EN INDUSTRIAS ALIMENTARIAS, a doña LISBETH KARINA ASTO HERRERA, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 546, registrado a Fojas 093 del Tomo 039-T.

DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.

ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Ingeniería en Industrias Alimentarias.

Regístrese y comuníquese.

LAYLI VIOLETA MARAVÍ BALDEÓN DE ZUÑIGA

Rectora (E)

HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ

Secretario General

1671879-1