Autorizan la difusión en el portal del Mercado de Valores del proyecto de norma que modifica las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de Rueda de Valores Inscritos en Bolsa

Resolución SMV

Nº 021-2018-SMV/01

Lima, 17 de julio de 2018

VISTOS:

El Expediente N° 2018022513 y el Informe N° 737-2018-SMV/06 del 12 de julio de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución SMV Nº 020-2018-SMV/01, publicada el 17 de junio de 2018, se autorizó la difusión, como consulta ciudadana, por espacio de quince (15) días calendario, del Proyecto de Modificación del numeral 10 del artículo 11 de las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de Rueda de Valores Inscritos en Bolsa, aprobadas por Resolución Conasev N° 027-95-EF/94.10.0, mediante el cual se plantea la incorporación del laudo como un supuesto de cambio de titularidad de valores inscritos en rueda de bolsa sin la intervención de una sociedad agente de bolsa;

Que, debido a problemas técnicos la cuenta de correo asignada para recibir los comentarios sobre el proyecto antes citado, no estuvo habilitada durante todo el período de la consulta ciudadana, por lo que se considera necesario poner nuevamente en consulta ciudadana dicho proyecto, por los días en que la referida cuenta no estuvo habilitada para recibir comentarios; y,

Estando a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 1°, el inciso b) del artículo 5° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126 y modificado por la Ley N° 29782; el segundo párrafo del artículo 7° de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861, y el artículo 1° de la Política sobre publicidad de proyectos normativos, normas legales de carácter general y otros actos administrativos de la SMV, aprobada por Resolución SMV N° 014-2014-SMV/01, así como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores en su sesión del 16 de julio de 2018;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la difusión del proyecto de norma que modifica el numeral 10 del artículo 11° de las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de Rueda de Valores Inscritos en Bolsa, aprobadas mediante Resolución Conasev N° 027-95-EF/94.10.0.

Artículo 2°.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores. (www.smv.gob.pe).

Artículo 3°.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto referido en los artículos anteriores es de diez (10) días calendario, contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4°.- Los comentarios y observaciones a los que se refiere el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Oficina de Trámite Documentario de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en la Avenida Santa Cruz N° 315 – Miraflores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: pmodcamtit@smv.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI

Superintendente del Mercado de Valores

1670908-1