Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque

DECRETO SUPREMO

Nº 164-2018-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo Nº 015-2003-VIVIENDA considera efectuada la transferencia del Proyecto Especial Olmos Tinajones al Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, en el marco del proceso de descentralización;

Que, mediante Oficio Nº 628/2018-GR.LAMB-PR, el Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque solicita recursos presupuestales adicionales para financiar el pago de la retribución por la prestación del servicio de trasvase de agua, hasta por la suma de S/ 64 564 866,00 (SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), correspondiente a los meses de junio a diciembre de este año, de conformidad con el compromiso asumido por el citado Gobierno Regional a favor de la Concesionaria Trasvase Olmos S.A., según lo establecido en el Anexo 2 del Contrato de Concesión para la Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras de Trasvase del Proyecto Olmos;

Que, los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, los recursos solicitados para las acciones antes descritas no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego 452: Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque; en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, para financiar el pago de la retribución por la prestación del servicio de trasvase de agua correspondiente a los meses de junio a diciembre del 2018, hasta por la suma de S/ 64 564 866 00 (SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SÉIS Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 64 564 866 00 (SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 452: Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, para financiar el pago de la retribución por la prestación del servicio de trasvase de agua correspondiente a los meses de junio a diciembre del 2018, en el marco de lo establecido en el Contrato de Concesión para la Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras de Trasvase del Proyecto Olmos, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS

QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS DE CAPITAL

2.0 Reserva de Contingencia 64 564 866,00

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TOTAL EGRESOS 64 564 866,00

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A LA En Soles

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGO 452 : Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque

UNIDAD EJECUTORA 002 : Proyecto Especial Olmos Tinajones

PROGRAMA 0042 : Aprovechamiento de los Recursos Hídricos para uso Agrario

PROYECTO 2022232 : Construcción, Operación y Mantenimiento del Túnel Trasandino y la Primera Etapa de la Presa Limón

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 64 564 866,00

-------------------

TOTAL EGRESOS 64 564 866,00

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Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 El Titular del pliego habilitado, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de esta norma. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de julio del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

CARLOS OLIVA NEYRA

Ministro de Economía y Finanzas

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