Disponen traslado de diversos órganos jurisdiccionales penales a la nueva Sede de Chorrillos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 1211-2018-P-CSJLIMASUR/PJ

Lima, 27 de junio de 2018

VISTOS:

La Resolución Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; las Resoluciones Administrativas Nº 1685-2015, Nº693-2018 y Nº 774-2018-P-CSJLIMASUR/PJ, expedidas por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia.

CONSIDERANDO:

La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el 13 de octubre de 2010, por Resolución Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, el 07 de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac (Se excluye al Centro Poblado Los Huertos de Manchay), Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos.

Por Resolución Administrativa Nº 693-2018-P-CSJLIMASUR/PJ, la misma que fue modificada por Resolución Administrativa Nº774-2018-P-CSJLIMASUR/PJ, la Presidencia de esta Corte dispuso, entre otros, organizar a los órganos jurisdiccionales de primera instancia que conocen los procesos penales en el marco del Código Procesal Penal, estableciendo que el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria y Tercer Juzgado Penal Unipersonal, conocerán de manera exclusiva los procesos por corrupción de funcionarios y crimen organizado, en apoyo al Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria y Primer Juzgado Penal Unipersonal; asimismo, dispone el traslado físico del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria y Tercer Juzgado Penal Unipersonal, hacia la Sede de Chorrillos- Casa del Adulto Mayor.

Mediante Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado el treinta de setiembre de 2016 entre esta Corte Superior de Justicia y la Municipalidad Distrital de Chorrillos, se afectó en uso a favor del Poder Judicial- Corte Superior de Justicia de Lima Sur, el inmueble ubicado entre la Calle San Augusto y la Calle Santa Mercedes, Urbanización Villa Marina – Distrito de Chorrillos, para que funcionen órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial; el mismo que a la fecha se encuentra en condiciones apropiadas de infraestructura y de servicios básicos para ser ocupado.

De acuerdo con las normas de nuestro derecho positivo es responsabilidad del Poder Judicial velar por un adecuado servicio de justicia a favor del ciudadano, lo que se traduce en permitir que los justiciables, así como los jueces y trabajadores cuenten con ambientes apropiados y agradables a fin de brindar un servicio eficiente y célere; no obstante, se ha advertido una inadecuada distribución de los órganos jurisdiccionales en materia penal que se encuentran funcionando en la Sede de Chorrillos-Casa del Adulto Mayor.

En ese orden de ideas, resulta necesario adoptar medidas administrativas que coadyuven a mejorar el servicio que se ofrece a los usuarios, lo cual se traducirá en una mejor administración de justicia; por lo que, corresponde disponer el traslado de los siguientes órganos jurisdiccionales: Segundo y Tercer Juzgados de Investigación Preparatoria; Primer y Tercer Juzgados Penales Unipersonales; y, Juzgado Especializado Penal de Chorrillos; al inmueble ubicado entre la Calle San Augusto y la Calle Santa Mercedes, Urbanización Villa Marina – Distrito de Chorrillos. Asimismo, corresponde realizar las gestiones administrativas ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a efectos de consolidar el sistema de administración de justicia en el ámbito penal, con miras a la implementación del Código Procesal Penal en sus ejes de descarga, liquidación y carga cero.

Por otro lado, mediante la Resolución Administrativa Nº 1685-2015-P-CSJLIMASUR/PJ, se dispuso la implementación del Decreto Legislativo Nº 1206, así como la organización de los órganos jurisdiccionales penales, otorgando responsabilidades a la Administración del Módulo Penal y a Coordinadores de Audiencias, en aras de fortalecer y optimizar el agendamiento de las audiencias; en atención a ello, se estableció un procedimiento que iniciaba desde el Requerimiento de cualquier órgano jurisdiccional penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, la Coordinación que debería existir, posteriormente la Programación/Reprogramación y por último la realización de la audiencia.

El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables.

Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER el traslado de los órganos jurisdiccionales que se señalan a continuación, al inmueble ubicado entre la Calle San Augusto y la Calle Santa Mercedes, Urbanización Villa Marina – Distrito de Chorrillos, a partir del lunes nueve de julio del presente año;

- Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria.

- Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria.

- Primer Juzgado Penal Unipersonal.

- Tercer Juzgado Penal Unipersonal.

- Juzgado Especializado Penal de Chorrillos.

Artículo Segundo.- DESIGNAR como responsable de la ejecución de la presente resolución al Gerente de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia.

Artículo Tercero.- DISPONER se realice los trámites necesarios ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a efectos de consolidar el sistema de administración de justicia en el ámbito penal en esta Corte Superior de Justicia, con miras a la implementación del Código Procesal Penal en sus ejes de descarga, liquidación y carga cero.

Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la Abogada Ángela Caro Agüero, en adición a sus funciones, como Responsable Administrativa de la Nueva Sede de Chorrillos, la cual está ubicada entre la Calle San Augusto y la Calle Santa Mercedes, Urbanización Villa Marina – Distrito de Chorrillos.

Artículo Quinto.- DESIGNAR al Servidor Frank Cuadros Quispe, en adición a sus funciones, como Coordinador de Audiencias de las Sedes de Chorrillos, quien dependerá de la Administración del Módulo Penal.

Artículo Sexto.- ESTABLECER que todos los órganos jurisdiccionales penales de la sede Chorrillos (Casa del Adulto Mayor y Nueva Sede) continúen utilizando el procedimiento establecido mediante la Resolución Administrativa Nº 1685-2015-P-CSJLIMASUR/PJ, para el Agendamiento de Audiencias, con todas las disposiciones que ahí se indican.

Artículo Sétimo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, a la Presidencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, al Área de Recursos Humanos y magistrados interesados para los fines pertinentes.

Regístrese, públiquese, cúmplase y archívese.

MARCO FERNANDO CERNA BAZÁN

Presidente de la Corte Superior

de Justicia de Lima Sur

1668358-1