Aprueban los documentos de gestión “Procedimiento de remisión automatizada del Expediente Judicial Electrónico (EJE) al Ministerio Público - especialidad Contencioso Administrativo” y “Protocolo para la remisión automatizada del Expediente Judicial Electrónico (EJE) al Ministerio Público - Dictamen Fiscal”

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 198-2018-CE-PJ

Lima, 4 de julio de 2018

VISTO:

El Oficio N° 018-2018-P-CT-EJE-PJ, cursado por el Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) del Poder Judicial, remitiendo los proyectos denominados: i) “Procedimiento de remisión automatizada del Expediente Judicial Electrónico (EJE) al Ministerio Público - especialidad Contencioso Administrativo”; y, ii) “Protocolo para la remisión automatizada del Expediente Judicial Electrónico (EJE) al Ministerio Publico - Dictamen Fiscal”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, del 6 de enero de 2017, se dispuso la conformación e instalación de la Comisión de Trabajo del “Expediente Judicial Electrónico (EJE)”; y se le encarga asegurar la implementación de dicha iniciativa de modernización durante el periodo 2017 - 2018, debiendo velar por el cumplimiento, monitoreo e implementación integral del Expediente Judicial Electrónico (EJE).

Segundo. Que en el punto 3.1.3 del “Plan de Actividades 2018 para el Mantenimiento, Sostenimiento y Mejora del Piloto del Expediente Judicial Electrónico (EJE) implementado durante el Año 2017”, de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 063-2018-CE-PJ, del 7 de febrero de 2018, se establece como actividad “Dictamen Fiscal e integración de Poder Judicial y Ministerio Público (Interoperabilidad) que involucra el componente “Dictamen Fiscal - e” comprendiendo la solicitud y presentación del dictamen fiscal en forma electrónica y con firma digital; así como, la interoperabilidad con el Ministerio Público, para lo cual era necesario desarrollar Servicios Web en ambas entidades, para la presentación e intercambio de información.

Tercero. Que, en tal sentido, el equipo técnico de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial en consenso con el equipo técnico de la Comisión de la Carpeta Fiscal Electrónica del Ministerio Público, ha elaborado documentos de gestión respecto a la funcionalidad de interoperabilidad de Sistema a Sistema del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima; los mismos que han sido validados por la Gerencia de Informática, Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación; y por la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial.

Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado, funcionen con celeridad y eficiencia; por lo que, evaluada la propuesta presentada, resulta factible su aprobación.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 480-2018 de la décimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidías Farfán y Angulo Arana; sin la intervención de las señoras Consejeras Tello Gilardi y Vera Meléndez, quienes se encuentran de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar los documentos de gestión denominados: i) “Procedimiento de remisión automatizada del Expediente Judicial Electrónico (EJE) al Ministerio Público - especialidad Contencioso Administrativo”; y, ii) “Protocolo para la remisión automatizada del Expediente Judicial Electrónico (EJE) al Ministerio Publico - Dictamen Fiscal”; que serán de obligatorio cumplimiento para todos los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la especialidad Contencioso Administrativo, donde se encuentra implementado el Expediente Judicial Electrónico (EJE); que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial; así como, las Cortes Superiores de Justicia, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y de los documentos aprobados, en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO

Presidente

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