Conforman el Consejo Consultivo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 172-2018-CE-PJ

Lima, 25 de junio de 2018

VISTOS:

El Oficio N° 3500-2018-SG-CS-PJ, cursado por el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el cual remite el Oficio N° 238-2018-P-ETIINLPT-CE-PJ, del señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el artículo 6° de la Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, aprobada por Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, establece que el referido Equipo Técnico tiene la siguiente estructura orgánica:

• Órgano de Dirección: Presidencia del Poder Judicial

• Órgano Consultivo: Consejo Consultivo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

• Órganos de Asistencia Técnica: Secretaría Técnica y Gestoría Administrativa del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo

• Órganos Desconcentrados: Equipos Técnicos Distritales de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo

Segundo. Que, el artículo 12° del mismo cuerpo normativo, dispone que el Consejo Consultivo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, estará conformado de la siguiente manera:

• Juez Supremo de la especialidad laboral.

• Juez Superior que aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

• Juez Especializado que aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y

• Juez de Paz Letrado que aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

Tercero. Que, asimismo, el artículo 13° de la Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, prevé que constituyen funciones del Consejo Consultivo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, emitir opinión respecto a los asuntos que el Consejero Responsable del citado Equipo Técnico someta a consideración y proponer la adopción de políticas; así como, la realización de gestiones ante los órganos del Poder Judicial u otro, que coadyuven a la reforma laboral.

Cuarto. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, mediante Oficio N° 238-2018-P-ETIINLPT-CE-PJ, propone al señor Presidente del Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 7° de la Estructura Organizacional y Funcional del mencionado Equipo Técnico, la activación y conformación del referido Consejo Consultivo; la cual fue elevada a este Órgano de Gobierno mediante Oficio N° 3500-2018-SG-CS-PJ, con la finalidad de aportar opiniones referidas a la unificación de criterios jurisdiccionales, funcionamiento de las diversas áreas que conforman el módulo corporativo laboral, reforma de la nueva ley procesal del trabajo, entre otros; así como, elaborar propuestas sobre acciones administrativas que puede realizar el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo ante los órganos del Poder Judicial y otras instituciones para el cumplimiento de sus funciones y metas planteadas, constituyendo la principal de éstas, la celeridad de los procesos laborales.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 421-2018 de la décima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana, sin la participación de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Conformar el Consejo Consultivo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, que estará integrado por los siguientes jueces:

• Javier Arévalo Vela, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República.

• Juan Carlos Chávez Paucar, Juez Superior Provisional de la Sétima Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima.

• Miguel Ángel Díaz Cañote, Juez Especializado Titular del Segundo Juzgado de Trabajo Permanente de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este.

• Milagros Marilyn Grajeda Bashualdo, Juez de Paz Letrado del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidentes de las Cortes Superiores del país, señores jueces designados, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO

Presidente

1667702-1