Declaran como barrera burocrática ilegal el Procedimiento 185 del TUPA de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, aprobado por Ordenanza Nº 047-2011-MPCH
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL – INDECOPI
RESOLUCIÓN 0149-2018/SEL-INDECOPI
AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN:
Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN:
25 de mayo de 2018
ENTIDAD QUE IMPUSO LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL:
Municipalidad Provincial de Chanchamayo
NORMA QUE CONTIENE LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL:
Procedimiento 185 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, aprobado por la Ordenanza 047-2011-MPCH y publicado en la página web de la entidad.
PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA CONFIRMADO:
Resolución Nº 505-2017/INDECOPI-JUN del 15 de septiembre de 2017
BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL Y SUSTENTO DE LA DECISIÓN:
La exigencia de presentar un padrón de ciento cincuenta (150) unidades vehiculares como máximo para obtener el permiso de operación, establecida en el Procedimiento 185 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, aprobado por la Ordenanza 047-2011-MPCH y publicado en la página web de la entidad.
Si bien la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen competencias para regular la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados en su jurisdicción, tales competencias deben ser ejercidas conforme al ordenamiento jurídico.
En ese sentido, la exigencia impuesta por la Municipalidad Provincial de Chanchamayo es ilegal, por cuanto no se encuentra prevista en el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, aprobado por Decreto Supremo 055-2010-MTC, norma que rige la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados y no motorizados a nivel nacional.
ANA ASUNCIÓN AMPUERO MIRANDA
Presidenta
1665860-1