Crean Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Economía y Finanzas

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 242-2018-EF/10

Lima, 2 de julio de 2018

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 39 de la Constitución Política del Perú, los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación;

Que, la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, establece los Principios, Deberes y Prohibiciones Éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública; y, señala como uno de los fines de la función pública el Servicio a la Nación, y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto por la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;

Que, a través del Decreto Supremo N° 042-2018-PCM se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades públicas, para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno, además de establecer la transparencia, la corrección, la probidad, el respeto, la veracidad, la igualdad, la objetividad, la rendición de cuentas, la participación, la prevención y la neutralidad como principios que orientan la integridad pública;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, estableciéndose que las máximas autoridades de las entidades públicas responsables en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las acciones y los gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales;

Que, a través del Memorando 577-2018-EF/13.01, la Secretaría General, por especial encargo del Ministro de Economía y Finanzas solicita conformar un Grupo de Trabajo que tenga por objeto proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en el Ministerio de Economía y Finanzas, entre otros;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, Decreto Supremo que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción; el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanza, aprobado por el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Creación del Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Economía y Finanzas

Créase el Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con el objeto de proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en el Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 2. Conformación

2.1 El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del MEF está conformado de la siguiente manera:

1. El/la Ministro/a de Economía y Finanzas, quien lo preside.

2. El/la Viceministro/a de Economía.

3. El/la Viceministro/a de Hacienda.

4. El/la Secretaria General.

5. El/la Jefe/a del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial.

6. El/la Director/a General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, quien ejerce la Secretaría Técnica.

2.2 Los miembros del Grupo de Trabajo pueden contar con un representante alterno, el cual se designa mediante documento remitido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo de dos (02) días hábiles contados desde la instalación del Grupo de Trabajo.

Artículo 3. Funciones

El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del MEF tiene como funciones las siguientes:

1. Proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción, destinadas a garantizar la ética e integridad en el cumplimiento de las funciones de todos los servidores civiles que laboran en el MEF.

2. Promover acciones orientadas al fomento de una cultura de ética y transparencia en todos los servidores civiles que laboran en el MEF.

3. Impulsar la elaboración de un Código de Ética e Integridad Pública en el MEF.

4. Realizar el seguimiento del cumplimiento de las funciones establecidas en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.

5. Proponer actividades y tareas que puedan ser incorporadas en el Plan Anual de Integridad y Lucha contra la Corrupción del MEF.

6. Realizar el seguimiento del cumplimiento del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 en el ámbito de competencias del MEF.

7. Fomentar y propiciar una cultura de valores en el MEF.

8. Apoyar las acciones orientadas a lograr la colaboración interinstitucional con otras entidades, en materia de Ética e Integridad Pública.

9. Aprobar su Reglamento Interno.

10. Las demás funciones que le sean asignadas por el/la Titular de la Entidad.

Artículo 4. Instalación

El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del MEF se instala dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de publicada la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5. Financiamiento

La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional del MEF, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 6. Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del MEF (www.mef.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA

Ministro de Economía y Finanzas

1665491-1