Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Gobiernos Regionales

decreto supremo

Nº 141-2018-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, el artículo 25 de la Ley N° 30693 autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales hasta por la suma de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para el financiamiento de las intervenciones de educación básica priorizadas para el ejercicio fiscal 2018 por el citado Ministerio, así como de los bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales “Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular”, “Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular”, “Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva” y “Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria”, y acciones centrales;

Que, asimismo, el citado artículo señala que la transferencia de los recursos a los que se hace referencia en el considerando precedente, en lo que corresponda, se autorizan hasta el 30 de junio del Año Fiscal 2018, según cronograma y disposiciones que establezca el Ministerio de Educación para tal fin, previo cumplimiento de los Compromisos de Desempeño durante el año escolar para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula; disponiéndose que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, exceptuándose al Ministerio de Educación de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 113-2018- MINEDU se aprueba la “Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2018”, que establece los Compromisos de Desempeño 2018 para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula, así como los lineamientos y requisitos para su implementación y cumplimiento, en el marco de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Nº 30693; habiéndose definido en total cuatro (04) Compromisos de Desempeño, los cuales están estructurados en dos (02) tramos; precisándose que para acceder a la transferencia de recursos, que se establece en el citado artículo, por el cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018, cada GRE/DRE, Unidad Ejecutora de Educación y/o UGEL, según corresponda, debe cumplir los criterios de evaluación establecidos en la citada Norma Técnica, previa validación de dicho cumplimiento realizada por la Unidad de Financiamiento por Desempeño a partir de la información de cumplimiento recibida por los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Educación correspondientes;

Que, mediante Informes N°s. 0018 y 0023-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación informa el cumplimiento de los Compromisos de Desempeño del Primer Tramo (3 compromisos) y Segundo Tramo (1 compromiso), respectivamente; asimismo, para el financiamiento de acciones en cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018, se determina que los montos a transferir a favor de los pliegos Gobiernos Regionales ascienden a la suma de S/ 61 130 057,00 (SESENTA Y UN MILLONES CIENTO TREINTA MIL CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), correspondiente al Primer Tramo, y S/ 62 297 631,00 (SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), correspondiente al Segundo Tramo, los cuales hacen un total de S/ 123 427 688,00 (CIENTO VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES);

Que, mediante Informes Nºs. 381, 416 y 441-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación informa que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para el financiamiento de lo señalado en el considerando precedente; en virtud de lo cual, con Oficios N°s. 02693 y 02788-2018-MINEDU/SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 123 427 688,00 (CIENTO VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), para el financiamiento de bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular; y Acciones Centrales, en cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018;

De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 123 427 688,00 (CIENTO VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para el financiamiento de bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular; y Acciones Centrales, en cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 010 : Ministerio de Educación

UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la

Educación Básica Regular

PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes

ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.4 Donaciones y Transferencias 45 370 980,00

PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones

para el Cumplimiento de Horas Lectivas

Normadas

ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal

docente y promotoras de las instituciones

educativas de Educación Básica Regular

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 8 405 406,00

2.4 Donaciones y Transferencias 1 904 259,00

ACTIVIDAD 5005629 : Contratación Oportuna y Pago del Personal

Administrativo y de Apoyo de las

Instituciones Educativas de Educación

Básica Regular

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.4 Donaciones y Transferencias 5 570 520,00

ACTIVIDAD 5005943 : Mantenimiento y Operación de Locales

Escolares de Instituciones Educativas de

Educación Básica Regular con Condiciones

Adecuadas para su Funcionamiento

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.4 Donaciones y Transferencias 11 233 407,00

PRODUCTO 3000386 : Docentes Preparados

Implementan el Currículo

ACTIVIDAD 5005636 : Acompañamiento Pedagógico a

Instituciones Educativas Multiedad y

Multigrado de Educación Básica Regular

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.4 Donaciones y Transferencias 31 050 191,00

PRODUCTO 3000387 : Estudiantes de Educación Básica Regular

cuentan con materiales educativos

necesarios para el logro de los estándares

de aprendizajes

ACTIVIDAD 5005644 : Dotación de material y recursos educativos

para docentes y aulas de Educación Básica

Regular

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.4 Donaciones y Transferencias 8 000 000,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el Acceso de la Población de

3 a 16 años a los Servicios Educativos

Públicos de la Educación Básica Regular

PRODUCTO 3000515 : Instituciones Educativas

gestionadas con condiciones

suficientes para la atención

ACTIVIDAD 5004139 : Evaluación de Alternativas de servicio en

Educación Inicial

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 508 282,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con

discapacidad en la Educación Básica y

Técnico Productiva

PRODUCTO 3000790 : Personal contratado oportunamente

ACTIVIDAD 5004308 : Contratación oportuna y pago de personal

para atención de programas de intervención

temprana

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.4 Donaciones y Transferencias 669 045,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0107 : Mejora de la Formación en Carreras

Docentes en Institutos de Educación

Superior No Universitaria

PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes

ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.4 Donaciones y Transferencias 2 739 303,00

PRODUCTO 3000546 : Instituciones de Educación

Superior Pedagógica con

Condiciones Básicas para el

Funcionamiento

ACTIVIDAD 5005907 : Contratación Oportuna y pago de personal

administrativo y de apoyo

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.4 Donaciones y Transferencias 7 976 295,00

---------------------

TOTAL EGRESOS 123 427 688,00

============

A LA: En Soles

SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGO : Gobiernos Regionales

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la

Educación Básica Regular

PRODUCTO 3000387 : Estudiantes de Educación Básica Regular

cuentan con materiales educativos

necesarios para el logro de los estándares

de aprendizajes

ACTIVIDAD 5005644 : Dotación de material y recursos

educativos para docentes y aulas

de Educación Básica Regular

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 7 103 863,00

ACTIVIDAD 5005647 : Dotación de material y recursos educativos

para Instituciones Educativas de Educación

Básica Regular

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 3 041 142,00

ACCIONES CENTRALES

ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 113 282 683,00

---------------------

TOTAL EGRESOS 123 427 688,00

============

1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo N° 01 “Transferencia de Recursos para el financiamiento de acciones en cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018 – Primer Tramo” y Anexo N° 02 “Transferencia de Recursos para el financiamiento de acciones en cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018 – Segundo Tramo”, que forman parte integrante del Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 Los Titulares de los pliegos, habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no son destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Del refrendo

El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

CARLOS OLIVA NEYRA

Ministro de Economía y Finanzas

DANIEL ALFARO PAREDES

Ministro de Educación

1663495-1