Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos Gobiernos Regionales
decreto supremo
Nº 141-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación;
Que, el artículo 25 de la Ley N° 30693 autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales hasta por la suma de S/ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para el financiamiento de las intervenciones de educación básica priorizadas para el ejercicio fiscal 2018 por el citado Ministerio, así como de los bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales “Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular”, “Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular”, “Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva” y “Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria”, y acciones centrales;
Que, asimismo, el citado artículo señala que la transferencia de los recursos a los que se hace referencia en el considerando precedente, en lo que corresponda, se autorizan hasta el 30 de junio del Año Fiscal 2018, según cronograma y disposiciones que establezca el Ministerio de Educación para tal fin, previo cumplimiento de los Compromisos de Desempeño durante el año escolar para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula; disponiéndose que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, exceptuándose al Ministerio de Educación de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 113-2018- MINEDU se aprueba la “Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2018”, que establece los Compromisos de Desempeño 2018 para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula, así como los lineamientos y requisitos para su implementación y cumplimiento, en el marco de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Nº 30693; habiéndose definido en total cuatro (04) Compromisos de Desempeño, los cuales están estructurados en dos (02) tramos; precisándose que para acceder a la transferencia de recursos, que se establece en el citado artículo, por el cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018, cada GRE/DRE, Unidad Ejecutora de Educación y/o UGEL, según corresponda, debe cumplir los criterios de evaluación establecidos en la citada Norma Técnica, previa validación de dicho cumplimiento realizada por la Unidad de Financiamiento por Desempeño a partir de la información de cumplimiento recibida por los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Educación correspondientes;
Que, mediante Informes N°s. 0018 y 0023-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación informa el cumplimiento de los Compromisos de Desempeño del Primer Tramo (3 compromisos) y Segundo Tramo (1 compromiso), respectivamente; asimismo, para el financiamiento de acciones en cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018, se determina que los montos a transferir a favor de los pliegos Gobiernos Regionales ascienden a la suma de S/ 61 130 057,00 (SESENTA Y UN MILLONES CIENTO TREINTA MIL CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), correspondiente al Primer Tramo, y S/ 62 297 631,00 (SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), correspondiente al Segundo Tramo, los cuales hacen un total de S/ 123 427 688,00 (CIENTO VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES);
Que, mediante Informes Nºs. 381, 416 y 441-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación informa que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para el financiamiento de lo señalado en el considerando precedente; en virtud de lo cual, con Oficios N°s. 02693 y 02788-2018-MINEDU/SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 123 427 688,00 (CIENTO VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), para el financiamiento de bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular; y Acciones Centrales, en cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018;
De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto
1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 123 427 688,00 (CIENTO VEINTITRÉS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para el financiamiento de bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular; y Acciones Centrales, en cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 010 : Ministerio de Educación
UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la
Educación Básica Regular
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 45 370 980,00
PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones
para el Cumplimiento de Horas Lectivas
Normadas
ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal
docente y promotoras de las instituciones
educativas de Educación Básica Regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 8 405 406,00
2.4 Donaciones y Transferencias 1 904 259,00
ACTIVIDAD 5005629 : Contratación Oportuna y Pago del Personal
Administrativo y de Apoyo de las
Instituciones Educativas de Educación
Básica Regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 5 570 520,00
ACTIVIDAD 5005943 : Mantenimiento y Operación de Locales
Escolares de Instituciones Educativas de
Educación Básica Regular con Condiciones
Adecuadas para su Funcionamiento
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 11 233 407,00
PRODUCTO 3000386 : Docentes Preparados
Implementan el Currículo
ACTIVIDAD 5005636 : Acompañamiento Pedagógico a
Instituciones Educativas Multiedad y
Multigrado de Educación Básica Regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 31 050 191,00
PRODUCTO 3000387 : Estudiantes de Educación Básica Regular
cuentan con materiales educativos
necesarios para el logro de los estándares
de aprendizajes
ACTIVIDAD 5005644 : Dotación de material y recursos educativos
para docentes y aulas de Educación Básica
Regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 8 000 000,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el Acceso de la Población de
3 a 16 años a los Servicios Educativos
Públicos de la Educación Básica Regular
PRODUCTO 3000515 : Instituciones Educativas
gestionadas con condiciones
suficientes para la atención
ACTIVIDAD 5004139 : Evaluación de Alternativas de servicio en
Educación Inicial
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 508 282,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con
discapacidad en la Educación Básica y
Técnico Productiva
PRODUCTO 3000790 : Personal contratado oportunamente
ACTIVIDAD 5004308 : Contratación oportuna y pago de personal
para atención de programas de intervención
temprana
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 669 045,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0107 : Mejora de la Formación en Carreras
Docentes en Institutos de Educación
Superior No Universitaria
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 2 739 303,00
PRODUCTO 3000546 : Instituciones de Educación
Superior Pedagógica con
Condiciones Básicas para el
Funcionamiento
ACTIVIDAD 5005907 : Contratación Oportuna y pago de personal
administrativo y de apoyo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 7 976 295,00
---------------------
TOTAL EGRESOS 123 427 688,00
============
A LA: En Soles
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGO : Gobiernos Regionales
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la
Educación Básica Regular
PRODUCTO 3000387 : Estudiantes de Educación Básica Regular
cuentan con materiales educativos
necesarios para el logro de los estándares
de aprendizajes
ACTIVIDAD 5005644 : Dotación de material y recursos
educativos para docentes y aulas
de Educación Básica Regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 7 103 863,00
ACTIVIDAD 5005647 : Dotación de material y recursos educativos
para Instituciones Educativas de Educación
Básica Regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 3 041 142,00
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 113 282 683,00
---------------------
TOTAL EGRESOS 123 427 688,00
============
1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo N° 01 “Transferencia de Recursos para el financiamiento de acciones en cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018 – Primer Tramo” y Anexo N° 02 “Transferencia de Recursos para el financiamiento de acciones en cumplimiento de los Compromisos de Desempeño 2018 – Segundo Tramo”, que forman parte integrante del Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional
2.1 Los Titulares de los pliegos, habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no son destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Del refrendo
El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación
1663495-1