Aprueban Formatos de “Resolución de Multa Administrativa” y “Notificación Preventiva”

Decreto de Alcaldía

N° 004-18-MCPSMH

Santa María de Huachipa, 14 de junio de 2018

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO

POBLADO SANTA MARIA DE HUACHIPA

VISTO:

El Informe Nº 182-2018-SGFA-GAT/MCPSMH de fecha 31 de Mayo del 2018, emitido por Sub Gerente de Fiscalización Administrativa, el Informe Nº 067-2018-GAT/MCPSMH de fecha 14 de Junio del 2018, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; Informe Nº 178-2018-GAJ/MCPSMH de fecha 13 de Junio del 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, Modificada por la Ley Nº 30305, Los Gobiernos Locales tienen de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es ratificado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, conforme a lo establecido por el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 118-16-MCPSMH, que aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas-RASA de la Municipalidad y el Cuadro Único de Infracción y Sanciones,-CUIS; por Decreto de Alcaldía se aprobó que el Alcalde expida las Normas Reglamentarias que fueran necesarias para la aplicación del presente dispositivo Legal,

Que, mediante Informe Nº 182-2018-SGFA-GAT/MCPSMH de fecha 31 de Mayo del 2018, el Sub Gerente de Fiscalización Administrativa, remite los formatos 01 y 02 de Resolución de Multa Administrativa y Notificación Preventiva, para su aprobación respectiva;

Que, mediante Informe Nº 067-2018-GAT/MCPSMH de fecha 14 de Junio del 2018, el Gerente de Administración Tributaria, señala que es necesario adecuar los formatos, con la denominación de Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa.

Que, los instrumentos propuestos, contienen los requisitos previstos para su validez, en el Artículo Primero de la Ordenanza en comento;

Que, mediante Informe Nº 178-2018-GAJ/MCPSMH de fecha 13 de Junio del 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la procedencia de su aprobación;

Que, el tercer párrafo del artículo 39º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas del gobierno mediante Decreto de Alcaldía;

Que, el artículo 42º del mismo cuerpo legal, señala que los Decretos de Alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal;

En uso de las facultades establecidas en el Art. 20º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972;

DECRETA:

Artículo 1º.- APROBAR los Formatos de “Resolución de Multa Administrativa” y “Notificación Preventiva”, los mismos que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo 2º.- Los anteriores Formatos de “Resolución de Multa Administrativa” y “Notificación Preventiva” que se encuentren en circulación, hasta antes de la entrada en vigor del presente Decreto, conservaran su validez, hasta su conclusión del Procedimiento Administrativo..

Artículo 3º.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa la correcta aplicación de los instrumentos aprobados por la presente norma y a la Secretaria General su publicación en la página web de la Municipalidad del Centro Poblado Santa María de Huachipa; www.munihuachipa gob.pe. y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO

Alcalde

1662721-1