ley nº 30798

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA

REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA REHABILITACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA PUENTE EL CUMBIL-SANTA CRUZ SUCCHABAMBA-CHANCAYBAÑOS-EMP. RUTA PE-3N (TÚNEL CHOTANO), PROVINCIA DE SANTA CRUZ, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA

Artículo único. Declaratoria de necesidad pública e interés nacional

Declárase de necesidad pública e interés nacional la rehabilitación y construcción de la carretera Puente El Cumbil-Santa Cruz Succhabamba-Chancaybaños-Emp. Ruta PE-3N (Túnel Chotano), provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, sin afectar las áreas naturales y arqueológicas protegidas, así como el medio ambiente.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil dieciocho.

LUIS GALARRETA VELARDE

Presidente del Congreso de la República

MARIO MANTILLA MEDINA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los veinte días del mes de junio de dos mil dieciocho.

LUIS GALARRETA VELARDE

Presidente del Congreso de la República

MARIO MANTILLA MEDINA

Primer Vicepresidente del Congreso

de la República

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