Ratifican el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Colombia para la prevención, investigación, persecución del delito de la trata de personas y para la asistencia y protección a sus víctimas”
decreto supremo
Nº 021-2018-re
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Colombia para la prevención, investigación, persecución del delito de la trata de personas y para la asistencia y protección a sus víctimas” fue suscrito el 25 de mayo de 2015 en la ciudad de Lima, República del Perú y aprobado por Resolución Legislativa N° 30765, del 15 de mayo de 2018;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Colombia para la prevención, investigación, persecución del delito de la trata de personas y para la asistencia y protección a sus víctimas” suscrito el 25 de mayo de 2015 en la ciudad de Lima, República del Perú y aprobado por Resolución Legislativa N° 30765, del 15 de mayo de 2018.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores
1660607-3