Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad

Decreto de Alcaldía

Nº 10-2018-MPC-AL

Callao, 30 de mayo de 2018

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DEL CALLAO

Considerando:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 026-2014 del 26 de diciembre de 2014, se aprobaron los procedimientos y servicios prestados en exclusividad de la Municipalidad Provincial del Callao, así como sus requisitos y costos administrativos, asimismo, mediante Ordenanza Municipal N° 027-2014 se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao, el mismo que ha sido modificado por las Ordenanzas Municipales N° 003-2016, N° 005-2016, N° 017-2016, N° 022-2016, N° 023-2016, N° 027-2016 y N° 019-2017, así como por los Decreto de Alcaldía N°02-2015-MPC-AL, N° 012-2015-MPC-AL y N° 016-2016-MPC-AL;

Que, con el Decreto Legislativo N° 1246, se aprueban Diversas Medidas de Simplificación Administrativa, las cuales deben ser consideradas en los procedimientos administrativos;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1256, se aprueba la ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas;

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1272, se modifica la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley N° 29060, asimismo, el artículo 41° del T.U.O. de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece la vigencia indeterminada de los títulos habilitantes, salvo que la ley especial señale un plazo determinado de vigencia;

Que, con el Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y con Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, se aprueba su Reglamento, modificando la denominación y requisitos de los procedimientos;

Que, la Gerencia de Racionalización dependiente de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, ha elaborado el proyecto de modificación del TUPA, en coordinación con la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente;

Estando a lo expuesto, con el visto bueno de las Gerencias Generales de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Protección del Medio Ambiente, Asesoría Jurídica y Conciliación, y Gerencia Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

DECRETA:

Artículo 1.- Modifícase los procedimientos administrativos de la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente contenidos en la Ordenanza Municipal N° 026-2014, de acuerdo al detalle del Anexo N° 01, el cual forma parte del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo 2.- Modifícase el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 027-2014, conforme al Anexo N° 02, que forma parte del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo 3.- Dispóngase la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y encárguese a la Gerencia de Informática la publicación del mismo y anexos en el Portal Web de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe.

Artículo 4.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RAFAELA URBINA RIVERA

Alcalde

1656247-1