ley nº 30782

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA EL EQUIPAMIENTO Y MODERNIZACIÓN DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL CAPITÁN FAP CARLOS MARTÍNEZ DE PINILLOS, UBICADO EN EL DISTRITO DE HUANCHACO, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD

Artículo único. Declaratoria de interés nacional y de necesidad pública

Declárase de interés nacional y de necesidad pública el equipamiento y modernización del Aeropuerto Internacional Capitán FAP Carlos Martínez de Pinillos, ubicado en el distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, sin afectar las áreas naturales y arqueológicas protegidas, así como el medio ambiente.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

FINALES

PRIMERA. Autoridades competentes

Encárgase al Poder Ejecutivo para que, mediante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio de Economía y Finanzas, se priorice la ejecución de la presente ley.

SEGUNDA. Acciones complementarias

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones y CORPAC S.A. deben realizar y priorizar todas aquellas acciones necesarias para equipar y mejorar la infraestructura del Aeropuerto Internacional Capitán FAP Carlos Martínez de Pinillos, con la tecnología respectiva para garantizar que las aeronaves aterricen en cualquier época del año y en condiciones climatológicas adversas.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil dieciocho.

LUIS GALARRETA VELARDE

Presidente del Congreso de la República

MARIO MANTILLA MEDINA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO

Presidente del Consejo de Ministros

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