UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
SECRETARÍA GENERAL
RESOLUCION Nº CU-0217-2018-UNSAAC.
Cusco, 3 de mayo de 2018.
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:
VISTO, el Expediente Nº 815564, presentado por doña MARIA JULIA MUÑIZ PAUCARMAYTA, con Código Universitario Nº 840113 egresada de la hoy Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y de Turismo de la Institución, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Bachiller en Administración por motivo de pérdida; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 28626 y su modificatoria del TUO aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015, y modificado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016, dispuesta en el Art. 3º;
Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva aprobada por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, de 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017;
Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Administración, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición la documentación sustentatoria respectiva, conforme a Directiva de la Institución;
Que, con Proveído Nº 045-2018-EPCA-FACACET, el Director de la Escuela Profesional de Ciencias Administrativas de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y de Turismo de la Institución señala que doña María Julia Muñiz Paucarmayta, ha optado al Grado Académico de Bachiller en Administración, en mérito a la Resolución NºR-648-1991-GT de fecha 15 de julio de 1991;
Que, del Informe Nº 040-2018-GT-UNSAAC, expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó al Grado Académico de Bachiller en Administración, de la entonces Facultad de Ciencias Administrativas y Turismo conforme obra en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nº 07, encontrándose inscrito en el folio Nº 111, con Resolución Nº R-648-1991-GT de fecha 15 de julio de 1991, asimismo, se verificó que el diploma del administrado se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Grados y Títulos Profesionales de la SUNEDU;
Que, la petición formulada por la administrada ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el día 02 de mayo de 2018, siendo aprobada por unanimidad;
Estando a lo referido, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios;
RESUELVE:
Primero.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN ADMINISTRACIÓN, por motivo de pérdida, a favor de doña MARIA JULIA MUÑIZ PAUCARMAYTA, con Código Universitario Nº 840113, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente.
Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO.
Tercero.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU.
Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, bajo responsabilidad.
La Oficina de Secretaría General y la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
BALTAZAR NICOLÁS CÁCERES HUAMBO
Rector
LINO PRISCILIANO FLORES PACHECO
Secretario General
1651785-3