Aprueban Transferencia Financiera a favor de FONDEPES, destinada a financiar la continuidad de los proyectos de inversión e inversiones en optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación - IOARR

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 217-2018-PRODUCE

Lima, 21 de mayo de 2018

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial N° 617-2017-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción;

Que, la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza entre otros, al Ministerio de la Producción, durante el Año Fiscal 2018, a efectuar transferencias financieras a favor de los pliegos que conforman el sector Producción para el financiamiento de intervenciones prioritarias sectoriales establecida por el titular del sector, con cargo a los saldos de balance que incorpore en su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, señalando que dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano; señalando que las entidades del Gobierno Nacional son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia; correspondiendo que el Ministerio de la Producción informe trimestralmente, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República sobre el uso de los citados recursos;

Que, mediante Oficios N° 118 y 125-2018-FONDEPES/J, la Jefa del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, prioriza una demanda adicional de recursos para el financiamiento de intervenciones prioritarias sectoriales destinada a la continuidad de los proyectos de inversión e inversiones en optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación – IOARR, referidos a la construcción, mejoramiento, ampliación, optimización y/o reparación de veinticinco (25) desembarcaderos pesqueros artesanales a nivel nacional, un (01) expediente técnico y la formulación de un (01) estudio de preinversión, para lo cual requiere una demanda adicional de recursos hasta por la suma S/ 16 624 156,00 (DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), conforme a lo dispuesto en la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693;

Que, con el Oficio N° 067-2018-SANIPES/OPP, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, solicita una demanda adicional de recursos para el financiamiento de dos (02) expedientes técnicos de estudios definitivos y de dos (02) estudios de pre inversión hasta por la suma DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 2 600 000,00), en el marco de lo dispuesto en la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 213-2018- PRODUCE, se autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 19 224 156,00), en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, destinada a financiar los requerimientos formulados por el Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES y por el Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES;

Que, mediante el Memorando N° 703-2018-PRODUCE/OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe N° 213-2018-PRODUCE/OGPPM-OP de su Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5001253: Transferencias de recursos para la ejecución de proyectos de inversión, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 19 224 156,00), en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, correspondiéndole al Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, la suma de DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 16 624 156,00); y al Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 2 600 000,00), destinadas al financiamiento de las intervenciones prioritarias sectoriales anteriormente señaladas;

Que, conforme a lo establecido en la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, es necesario aprobar las transferencias financieras citadas en el considerando precedente;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES.

Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2018, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 16 624 156,00), en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, destinada a financiar la continuidad de los proyectos de inversión e inversiones en optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación – IOARR, referidos a la construcción, mejoramiento, ampliación, optimización y/o reparación de veinticinco (25) desembarcaderos pesqueros artesanales a nivel nacional, un (01) expediente técnico y la formulación de un (01) estudio de preinversión, en el marco de las intervenciones prioritarias sectoriales a que se refiere la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693.

Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES.

Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2018, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 2 600 000,00), en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, destinada al financiamiento de dos (02) expedientes técnicos de estudios definitivos y de dos (02) estudios de pre inversión, en el marco de las intervenciones prioritarias sectoriales a que se refiere la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693.

Artículo 3.- Financiamiento

Las transferencias financieras autorizadas en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos, Actividad 5001253: Transferencias de recursos para la ejecución de proyectos de inversión, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento

La Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los recursos transferidos, debiendo informar trimestralmente al Titular de la Entidad sobre el uso de dichos recursos.

Artículo 6.- Información

El Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, a través de su Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola; y el Pliego 243: Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, a través de su Oficina de Planeamiento y Presupuesto, son las responsables de informar al Ministerio de la Producción, sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales le fueron transferidos los recursos a que se refieren los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 7.- Notificación

Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Administración, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, al Jefe del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES; y al Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 8.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO

Ministro de la Producción

1650611-1