Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018
DECRETO SUPREMO
Nº 010-2018-re
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2018 de la Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2018;
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30693, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo B: Cuotas Internacionales–Año Fiscal 2018 podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores;
Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual 2018 a favor de diversos organismos internacionales, por lo que resulta necesario modificar el referido Anexo a fin de efectuar el pago correspondiente;
Que, en ese sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales–Año Fiscal 2018 de la Ley Nº 30693 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor de diversos organismos internacionales;
En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30693–Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
DECRETA:
Artículo 1.- Modificación
Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2018 de la Ley N° 30693–Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, respecto a los siguientes organismos internacionales:
PLIEGO PRESUPUESTARIO |
MONTO (En soles) |
PERSONA JURÍDICA |
008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
162 000 |
ALIANZA PARA EL GOBIERNO ABIERTO / OPEN GOVERNMENT PARTNERSHIP |
116 030 |
CENTRO DE DESARROLLO DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO |
|
708 489 |
COMISIÓN PERMANENTE DEL PACÍFICO SUR |
|
155 980 |
FONDO FIDUCIARIO DEL PLAN DE ACCIÓN DEL PACÍFICO SUDESTE |
|
254 699 |
FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA DEL ASÍA PACÍFICO (SECRETARIA) |
|
32 400 |
MISIONES DE OBSERVACIÓN ELECTORAL DE LA OEA |
|
671 537 |
ORGANISMO ANDINO DE SALUD-CONVENIO HIPÓLITO UNANUE |
|
008: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
2 755 199 |
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS |
1 278 592 |
ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DE COOPERACIÓN AMAZÓNICA |
|
119 306 |
ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL |
|
1 620 318 |
PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS |
|
6 111 688 |
SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES |
|
162 000 |
SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS |
|
324 000 |
SISTEMA ECONÓMICO LATINOAMERICANO Y DE CARIBE |
|
1 851 855 |
TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA |
Artículo 2.- Refrendo
El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
Néstor Popolizio Bardales
Ministro de Relaciones Exteriores
1650042-2