Designan representante del Ministerio ante el Consejo Nacional de Adopciones

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 154-2018-MIMP

Lima, 15 de mayo de 2018

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, establece que en toda medida que concierne al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto de sus derechos;

Que, el artículo 119 del Código de los Niños y Adolescentes dispone que la autoridad competente en adopciones, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es la institución encargada de tramitar las solicitudes de Adopción de niños o de adolescentes declarados en desprotección familiar y adoptabilidad, a cuyo efecto cuenta con un Consejo de Adopciones; disponiendo que sus funciones específicas son señaladas en el Reglamento;

Que, el artículo 136 del Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables cuenta con un Consejo Nacional de Adopciones, el cual está conformado, entre otros, por tres (3) representantes del citado ministerio, a través de sus autoridades competentes en materia de niñez y adolescencia, promoción y fortalecimiento de las familias, y adopción, cuya designación es ad honórem y tiene una vigencia de dos años;

Que, el artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias, dispone que la Dirección General de la Familia y la Comunidad es el órgano de línea encargado, entre otras funciones, de diseñar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias;

Que, la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo 1297, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP, prescribe que en tanto el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables no apruebe las Directivas específicas sobre materia de adopción en el marco del citado Reglamento, mantienen su vigencia, entre otras normas, el Reglamento del Consejo de Adopciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES;

Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Consejo de Adopciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES establece que la designación de los miembros del Consejo de Adopciones se formaliza mediante Resolución Ministerial del Sector Mujer y Desarrollo Social, hoy Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 082-2018-MIMP, se designó a la señora VILMA MARIA RONQUILLO SARA, Directora General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, como representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP ante el Consejo Nacional de Adopciones;

Que, con Resolución Ministerial N° 118-2018-MIMP, se aceptó la renuncia de la señora VILMA MARIA RONQUILLO SARA al cargo de Directora General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y se designó a la señora ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO en dicho cargo;

Que, en tal sentido, resulta necesario designar, en su calidad de autoridad competente en promoción y fortalecimiento de las familias, a quien se desempeñará como representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP ante el Consejo Nacional de Adopciones;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes; en el Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP; en el Decreto Legislativo N° 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; y, en el Reglamento del Consejo de Adopciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar, por el periodo de dos años, a la señora ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO, Directora General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, como representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP ante el Consejo Nacional de Adopciones.

Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la servidora designada en el artículo precedente y a la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Ana maría mendieta trefogli

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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