Autorizan viaje de la Segunda Vicepresidenta de la República a Francia, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 123-2018-PCM

Lima, 11 de mayo de 2018

CONSIDERANDO:

Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), es una organización intergubernamental cuya misión es promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, cuyos miembros comparten lineamientos básicos en materia de política económica, de democracia plural y respeto a los derechos humanos;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 086-2015-PCM, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para promover las acciones de seguimiento orientadas a una mayor vinculación del Perú con la OCDE;

Que, mediante Resolución Legislativa del Congreso N° 001-2017-2018-CR, se autoriza a la Congresista y Segunda Vicepresidenta de la República para que desempeñe la función de Comisionada Extraordinaria en el proceso de vinculación de Perú con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en el marco de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para promover las acciones de seguimiento orientadas a una mayor vinculación del Perú con la OCDE, creada mediante Decreto Supremo N° 086-2015-PCM;

Que, mediante Resolución Suprema N° 134-2017-PCM, se designa a la señora Mercedes Rosalba Aráoz Fernández, Congresista y Segunda Vicepresidenta de la República, para que desempeñe la función de Comisionada Extraordinaria en el proceso de vinculación de Perú con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE);

Que, dentro de este contexto, la mencionada funcionaria viajará en comisión de servicios a la Sede Principal de la OCDE como integrante de la Comisión Permanente que promueve las acciones de seguimiento orientadas a una mayor vinculación del Perú con la organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, las mismas que tienen como finalidad efectuar el seguimiento de las estrategias y actividades necesarias que permitan la ejecución del Programa País, la incorporación de estándares y buenas prácticas de políticas públicas de países miembros de la OCDE;

Que, en este sentido, resulta pertinente autorizar el viaje de la citada funcionaria; así como el monto de los gastos que irrogará el mencionado viaje;

Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes, que se deriven de la comisión de servicios, serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del Despacho Presidencial en el marco de las normas vigentes sobre la materia;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado mediante Decreto Supremo N° 077-2016-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 037-2017-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Mercedes Rosalba Aráoz Fernández, Segunda Vicepresidenta de la República, a la ciudad de París, República Francesa del 13 al 18 de mayo de 2018, para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle:

- Mercedes Rosalba Aráoz Fernández

Pasajes aéreos (incluido TUUA) US$ 7,003.33

Viáticos por 5 días US$540.00 por día US$ 2,700.00

(4+1 día por concepto de instalación)

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria pública a que se refiere el artículo primero deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada.

Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO

Presidente del Consejo de Ministros

1647217-1