Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa

Resolución Nº 0254-2018-JNE

Expediente Nº J-2018-00157

AREQUIPA - AREQUIPA

RENUNCIA

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018

Lima, veintisiete de abril de dos mil dieciocho.

VISTOS los escritos presentados el 9 y 19 de abril de 2018, a través de los cuales Lilia Jeanne Pauca Vela, teniente alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa, remitió documentación relacionada a la renuncia presentada por el alcalde provincial Florentino Alfredo Zegarra Tejada.

CONSIDERANDOS

1. El artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que para postular a Presidente de la República, Vicepresidente, Congresista, Gobernador o Vicegobernador del Gobierno Regional los alcaldes deben renunciar al cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva.

2. Así también, el artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, establece que se encuentran impedidos de ser candidatos en las elecciones regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de presidente regional (actual gobernador regional), salvo que renuncien de manera irrevocable ciento ochenta (180) días antes de la fecha de elecciones.

3. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 10 de enero de 2018, el Presidente de la República convocó al proceso de Elecciones Regionales y Municipales para el 7 de octubre del presente año.

4. En ese contexto, considerando los plazos antes mencionados, se tiene que los alcaldes que pretendan postular a gobernadores o vicegobernadores regionales en los próximos comicios electorales deben presentar sus renuncias al cargo, ante el respectivo concejo municipal, hasta el 7 de abril de 2018.

5. De otro lado, mediante la Resolución Nº 0081-2018-JNE (publicada en el diario oficial El Peruano, el 9 de febrero de 2018, y también en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>, enlace “Publicación, Reglamentos y disposiciones normativas ERM 2018”), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones reguló los mecanismos de reemplazo de autoridades regionales y municipales que participan como candidatos en las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

6. Así, en su artículo segundo estableció lo siguiente:

a) La presentación de la renuncia del alcalde tiene como efecto inmediato que el primer regidor o en su defecto el que corresponda en el orden de prelación, asume las funciones del titular.

b) El regidor que asume la alcaldía debe solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la expedición de la credencial que formalice su designación en el cargo de alcalde, así como la del accesitario que asumirá la función de regidor para completar el número de miembros del concejo municipal, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la renuncia antes señalada.

7. En el presente caso, se advierte que, con fecha 6 de abril de 2018, Florentino Alfredo Zegarra Tejada, alcalde de la Municipalidad Provincial de Arequipa, presentó en la oficina de Trámite Documentario y Archivo de la entidad edil su renuncia al cargo (fojas 4), con el propósito de participar en las Elecciones Regionales de 2018.

8. Dicha renuncia fue puesta en conocimiento de los miembros del concejo provincial en la sesión ordinaria, del 17 de abril de 2018 (fojas 15 a 21), en la cual se acordó dar cuenta al Jurado Nacional de Elecciones de la renuncia presentada por el alcalde de la comuna. Tal decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo Nº 075-2018-MPA (fojas 24).

9. Así las cosas, estando a que la renuncia fue presentada dentro del plazo legal (6 de abril de 2018), y en aplicación del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual establece que en casos de vacancia o de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a Florentino Alfredo Zegarra Tejada, como alcalde de la Municipalidad Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa, y convocar a Lilia Jeanne Pauca Vela, identificada con DNI Nº 29718083, para que asuma dicho cargo, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018.

10. De otro lado, con el propósito de completar el número de regidores del Concejo Provincial de Arequipa, corresponde convocar a Kelly Susan Acosta Ríos, identificada con DNI Nº 42291747, candidata no proclamada de la organización política Arequipa Renace, para que asuma el cargo de regidora del citado concejo provincial, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018.

11. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, del 29 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial que le fuera otorgada a Florentino Alfredo Zegarra Tejada, como alcalde de la Municipalidad Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Lilia Jeanne Pauca Vela, identificada con DNI Nº 29718083, para que asuma el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Kelly Susan Acosta Ríos, identificada con DNI Nº 42291747, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO

ARCE CÓRDOVA

CHANAMÉ ORBE

CHÁVARRY CORREA

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Concha Moscoso

Secretaria General

1647093-4