Aceptan donación dineraria efectuada en el marco del Convenio de Donación entre la Ayuda Para Vida Silvestre Amenazada Sociedad Zoológica de Fráncfort Perú y el SERNANP
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 103-2018-SERNANP
Lima, 27 de abril de 2018
VISTO:
El Informe Nº 133-2018-SERNANP-OPP de fecha 23 de abril de 2018, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y demás documentos que acompañan; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30693, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2018;
Que, por Resolución Presidencial Nº 294-2017-SERNANP, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, para el Año Fiscal 2018;
Que, la Ayuda Para Vida Silvestre Amenazada Sociedad Zoológica de Fráncfort (AVISA SZF PERÚ) y el SERNANP, suscribieron el Convenio de Cooperación Interinstitucional, con fecha 23 de febrero de 2009, la misma que fue adendada el 24 de febrero de 2014 y 23 de febrero de 2016. Dicho Convenio de Cooperación Interinstitucional tiene por objeto fomentar la colaboración y cooperación interinstitucional para la gestión de las Áreas Naturales Protegidas, que conforma el SINANPE, a través de la ejecución del programa institucional de AVISA SZF PERÚ, así como consolidar los instrumentos necesarios para viabilizar dicho programa;
Que, teniendo como marco y antecedente el Convenio de Cooperación Interinstitucional, AVISA SZF PERÚ y el SERNANP, posteriormente, suscribieron el Convenio de Donación, de fecha 22 de marzo de 2018, el cual tiene como objeto mantener el buen estado de conservación del Parque Nacional Yaguas y del Parque Nacional Alto Purús;
Que, en el mencionado Convenio de Donación, AVISA SZF PERÚ se compromete a otorgar a favor del SERNANP un importe monetario para la contratación por modalidad CAS de cuatro (04) Guardaparques para el Parque Nacional Yaguas y dos (02) Guardaparques para el Parque Nacional Alto Purús, con el propósito de contribuir con las labores de mantener el buen estado de conservación de las Áreas Naturales Protegidas, quienes tendrán las funciones establecidas en los artículos 25º, 26º y 27º del Decreto Supremo Nº038-2001-AG.
Que, mediante Memorándum N° 431-2018-SERNANP-OA, de fecha 12 de abril de 2018, la Oficina de Administración informa sobre el depósito de S/ 85 778,40 Soles, correspondiente al Convenio de Donación entre AVISA SZF PERÚ y el SERNANP;
Que, como el proceso de contratación, bajo la modalidad del Decreto Legislativo N° 1057 Contrato de Administración de Servicios – CAS, está sujeto a la aprobación de nuevos registros en el AIRHSP del MEF, la UOF de Presupuesto a efectuado la proyección de gasto de julio a diciembre del 2018, asumiendo que dicha contratación se formalizaría a partir del primero de julio, resultando la cifra de S/ 63 433,80 Soles, monto necesario que debería ser incorporado al presupuesto institucional del SERNANP para el año 2018.
Que, el literal a) del numeral 42.1 del Artículo 42° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que: “…Las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de: a)Las Fuentes de financiamiento distintas a los Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal”;
Que, el artículo 69° del TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, indica que: “Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Consejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere los cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de entidad, bajo responsabilidad”;
Que, el inciso ii), del numeral 19.2 del artículo 19º de la Directiva para la Ejecución Presupuestaria, Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificada mediante Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 025-2013-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 009-2014-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 023-2014-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 027-2014-EF/50.01 y Resolución Directoral Nº 026-2017-EF/50.01, señala que: “…Las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley General proceden en los siguientes casos: […] ii. Cuando se trate de los recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias.”;
Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la precitada Directiva, señala que: “Dado el carácter financiero del Presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros”;
Que, mediante Informe N° 133-2018-SERNANP-OPP de fecha 23 de abril de 2018, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto considera técnicamente factible la incorporación de recursos al Presupuesto Institucional del pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP para el año fiscal 2018, por la suma de S/ 63 435,00 Soles, en la fuente de financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, en el marco del Convenio de Donación entre la Ayuda Para Vida Silvestre Amenazada Sociedad Zoológica de Fráncfort Perú y el SERNANP;
Con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y;
En uso de las facultades conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptación de la Donación
Aceptar la donación dineraria ascendente a Ochenta y cinco mil setecientos setenta y ocho y 40/100 Soles (S/ 85 778,40 Soles), efectuada en el marco del Convenio de Donación entre la Ayuda Para Vida Silvestre Amenazada Sociedad Zoológica de Fráncfort Perú y el SERNANP.
Artículo 2º.- Incorporación
Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de Sesenta y tres mil cuatrocientos treinta y cinco y 00/100 Soles (S/ 63 435,00 Soles), por la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, de acuerdo al anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Codificación
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.
Artículo 4º.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 5º.- Presentación de la Resolución
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitirá copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Artículo 6º.- Publicación de la Resolución
Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese y comuníquese.
Pedro Gamboa Moquillaza
Jefe
Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas
por el Estado
1644814-1