Autorizan a Prima AFP el cierre de agencia ubicada en el distrito de Chimbote, provincia Del Santa y departamento de Ancash

Resolución SBS Nº 1542-2018

Lima,19 de abril de 2018

La Intendente del Departamento de

Supervisión de Instituciones

Previsionales de la Superintendencia

Adjunta de Administradoras Privadas de

Fondos de Pensiones

VISTAS:

Las comunicaciones de Prima AFP Nº GG-031-2018 y Nº GG-051-2018, ingresadas con registro Nº 2018-15854 y Nº 2018-23825, respectivamente, y los Informes Nº 035-2018-DSIP y Nº 060-2018-DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales.

CONSIDERANDO:

Que, mediante las comunicaciones de vistas, Prima AFP solicita dejar sin efecto el certificado Nº RI-024, que autorizó el funcionamiento de su agencia ubicada en el Jr. Francisco Bolognesi Nº 326-328 distrito de Chimbote, provincia Del Santa y departamento de Ancash;

Que, mediante la Resolución SBS Nº 08804-2010 del 11 de agosto de 2010, esta Superintendencia emitió el Certificado Nº RI-024 que autoriza a Prima AFP el funcionamiento de la agencia ubicada en el Jr. Francisco Bolognesi Nº 326-328 distrito de Chimbote, provincia Del Santa y departamento de Ancash;

Que, según lo informado por Prima AFP, ésta continuará con la atención al público en su local ubicado en la agencia de Trujillo, toda vez que esta cuenta con infraestructura, espacio y capacidad adecuada;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informes Nº 035-2018-DSIP de fecha 14 de marzo de 2018 y Nº 060-2018-DSIP de fecha 18 de abril de 2018;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución SBS Nº 6752-2015;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar a Prima AFP el cierre de su agencia ubicada en el Jr. Francisco Bolognesi Nº 326-328 distrito de Chimbote, provincia Del Santa y departamento de Ancash a partir del 31 de mayo de 2018.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Nº RI-024 que autorizó a Prima AFP el funcionamiento de su agencia ubicada en el Jr. Francisco Bolognesi Nº 326-328 distrito de Chimbote, provincia Del Santa y departamento de Ancash.

Artículo Tercero.- Prima AFP, a efecto del cierre de la agencia que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14º del Título III del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MILAGROS RIVADENEYRA BACA

Intendente del Departamento de Supervisión

de Instituciones Previsionales

1643293-1