Autorizan viaje de fiscales a Brasil, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

1251-2018-MP-FN

Lima, 20 de abril de 2018

VISTOS:

El Oficio N° 1201-2018-FSCN-FISLAAPD-MP-FN, cursado por el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de visto, se solicita autorización de viaje para los señores Rafael Ernesto Vela Barba, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio y Fiscal Superior de la 2° Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Germán Juárez Atoche, Fiscal Provincial de la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Tercer Despacho, Alexander Daniel Taboada Guardián, Fiscal Adjunto Provincial del referido despacho fiscal, José Domingo Pérez Gómez, Fiscal Provincial de la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Quinto Despacho, y Walter Edgardo Villanueva Luicho, Fiscal Adjunto Provincial del referido despacho fiscal, para viajar a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 24 al 27 de abril de 2018.

La solicitud de autorizaciones de viaje requerida tiene por finalidad desarrollar diligencias reservadas; así como efectuar coordinaciones en el marco de investigaciones de carácter reservado.

Teniendo en cuenta la importancia de las diligencias que se desarrollarán y a efectos de garantizar un resultado óptimo, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje de los mencionados fiscales para que realicen las diligencias de naturaleza reservada que se llevarán a cabo en la República Federativa de Brasil.

Los gastos que irrogue el presente viaje serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público.

Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 157-2018-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 003-2018-MP-FN-GG “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios”; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, a los señores fiscales que se detallan a continuación:

Nombres y Apellidos

Despacho

Periodo de Licencia

Rafael Ernesto Vela Barba

Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio y Fiscal Superior de la 2° Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio

Del 24 al 28 de abril de 2018

José Domingo Pérez Gómez

Fiscal Provincial de la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Quinto Despacho

Walter Edgardo Villanueva Luicho

Fiscal Adjunto Provincial de la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Quinto Despacho

Germán Juárez Atoche

Fiscal Provincial de la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Tercer Despacho

Alexander Daniel Taboada Guardián

Fiscal Adjunto Provincial de la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Tercer Despacho

Artículo Segundo.- Disponer que con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General, a través de las Gerencias Centrales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos, seguros de viaje y la asignación de viáticos conforme se precisa:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos Internacionales

Viáticos

Seguro de viaje

Rafael Ernesto Vela Barba

US$ 2 008,18

US$ 1 200,00

(por 5 días)

US$ 40,00

José Domingo Pérez Gómez

US$ 1 674,24

US$ 1 200,00

(por 5 días)

US$ 40,00

Walter Edgardo Villanueva Luicho

US$ 1 674,24

US$ 1 200,00

(por 5 días)

US$ 40,00

Germán Juárez Atoche

US$ 1 674,24

US$ 1 200,00

(por 5 días)

US$ 40,00

Alexander Daniel Taboada Guardián

US$ 1 674,24

US$ 1 200,00

(por 5 días)

US$ 40,00

Artículo Tercero.- Encargar la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, a la señora Luz Elizabeth Peralta Santur, Fiscal Superior de la Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio en adición a sus funciones, durante la ausencia del titular.

Artículo Cuarto.- Encargar la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio al señor Raffael Leonardo Flores Mego, Fiscal Adjunto Superior del referido despacho, durante la ausencia del titular.

Artículo Quinto.- Encargar la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Quinto Despacho, a la señora Elvia del Carmen Caro Izquierdo, Fiscal Adjunta Provincial del referido despacho, durante la ausencia del titular.

Artículo Sexto.- Encargar la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio –Tercer Despacho, al señor Enrique Víctor Cárdenas Roldán, Fiscal Adjunto Provincial del referido despacho, durante la ausencia del titular.

Artículo Sétimo.- Dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicio, los fiscales mencionados en el artículo primero de la presente resolución, deberán presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe en el que describan las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en las diligencias materia de la resolución.

Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Tercer Despacho y Quinto Despacho, Gerencia General, Gerencias Centrales de Potencial Humano, Logística y Finanzas, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los fiscales interesados, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDE

Fiscal de la Nación

1642681-2