Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado (PDCL) 2018 - 2028, del Distrito de Chilca - Cañete

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 066-MDCH

Chilca, 16 de marzo del 2018.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

CHILCA-CAÑETE

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Chilca-Cañete en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO:

El Informe Nº 0222-2018-GPP/MDCH, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 223-2018-OAJ/MDCH, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, el Memorándum Nº 38-2018-GM/MDCH, de la Gerencia Municipal, respecto a la Ordenanza que aprueba el “Plan de Desarrollo Local Concertado 2018 – 2028” de la Municipalidad Distrital de Chilca; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que es competencia exclusiva de las municipalidades planificar y promover el desarrollo urbano y rural de su circunscripción y ejecutar los planes correspondientes;

Que, el artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Local Concertado y el artículo 12 dispone que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo;

Que, por Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, se aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado “El Perú hacia el 2021” y se dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus planes estratégicos a los objetivos de desarrollo nacional previstos en el plan;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley de creación del Sistema Nacional Estratégico – SINAPLAN y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, dispone que el CEPLAN es el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y que sus competencias son de alcance nacional, teniendo como funciones desarrollar metodologías e instrumentos técnicos para asegurar la consistencia y coherencia del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, los Planes Estratégicos Regionales y Locales, así como expedir las normas que corresponda para el adecuado funcionamiento del sistema en los tres niveles de gobierno;

Que, según Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, refiriéndose como primer pilar de la gestión pública orientada a resultados del planeamiento estratégico;

Que, el Decreto Supremo Nº 089-2011-PCM, que autoriza al CEPLAN a iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN, ajustarán sus planes estratégicos a los objetivos estratégicos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional vigente y conforme a las directivas y guías metodológicas que expida el CEPLAN;

Que, por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD se aprobó la Directiva Nº 1-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, la misma que entre otros aspectos deroga la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN/PCD y su modificatoria;

Que, el Informe Nº 0222-2018-GPP/MDCH, de fecha 20 de febrero del 2018, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa y remite el Plan de Desarrollo Local Concertado – PDLC 2018 – 2028, de la Municipalidad Distrital de Chilca; solicitando se ponga a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su aprobación respectiva; el cual deberá ser aprobado mediante Ordenanza Municipal;

Que, mediante Informe Legal Nº 223-2018-OAJ/MDCH, de fecha 22 de febrero del 2018, la Oficina de Asesoría Jurídica informa y opina que, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades, artículo 9º, inciso 8), es procedente su aprobación;

Estando a lo expuesto, con los vistos buenos del Gerente Municipal, Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y Gerente de Planeamiento y Presupuesto; y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal de Chilca, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA

EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO 2018 – 2028 DEL DISTRITO DE CHILCA - CAÑETE

Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado (PDCL) 2018 – 2021, de la Municipalidad Distrital de Chilca, con proyección al 2028, que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- DISPONER, que la presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, remitir copia de la presente Ordenanza y el documento de gestión a la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN/PCD.

Artículo Cuarto.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada implementación de la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Informática y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal Institucional (www.municipalidadchilca.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

DAMIÁN ALFREDO HUAPAYA ARIAS

Alcalde

1640602-1