Amplían el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 031-MDMP, que exonera el Pago por Derecho de Trámite del Procedimiento de Certificado de Jurisdicción

ORDENANZA Nº 007-2018-MDMP

Mi Perú, 12 de abril de 2018.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

MI PERÚ.

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE LA MUNICPALIDAD DISTRITAL

DE MI PERÚ

VISTO:

En Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, el Proveído Nº 00110-2018, suscrito por el Gerente Municipal, el Informe Nº 053-2018-MDMP/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre Ampliación de la Ordenanza N° 031-MDMP, el Memorando Nº 0134-2018-MDMP/GDU emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, e Informe Nº 0107-2018-MDMP/GDU-SGOPR y el Dictamen N° 001-2018-CDU-MDMP, de la Comisión de Desarrollo Urbano.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ordenanza Nº 031-MDMP de fecha 19/09/2017 publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 30/11/2017, se aprobó la exoneración del Pago por Derecho de Tramite del Procedimiento de Certificado de Jurisdicción en el Distrito de Mi Perú.

Que, con el Memorándum N° 0134-2018/MDMP/GDU emitido por el Gerente de Desarrollo Urbano e Informe N° 0017-2018-MDMP/GDU-SGOPR se ha opinado favorable la aprobación de la ampliación de la Ordenanza N° 031-MDMP, que Exonera el Pago por Derecho de Trámite del Procedimiento de Certificado de Jurisdicción.

Que, a través del Informe N° 053-2017-MDMP/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica indica que no encuentra impedimento Legal para la emisión de Ordenanza que Amplíe el plazo de Vigencia otorgado por la Ordenanza N° 031-MDMP, lo que deviene en procedente; más aún cuando se cuenta con la Opinión Favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano a través del Informe N° 0134-2018-MDMP/GDU, y el pedido parte de la Población de Mi Perú, lo que se evidencia a través del Expediente N° 01502.

Que, habiendo sido revisado y evaluado el Proyecto de ORDENANZA QUE AMPLIA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 031-MDMP QUE EXONERA EL PAGO POR DERECHO DE TRAMITE DEL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN y los informes técnicos y legal por la Comisión de Desarrollo Urbano, mediante Dictamen N° 001-2018-CDU-MDMP, por los argumentos allí señalados, dictaminaron por aprobar el señalado proyecto.

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, que a la letra señala “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo que mediante las ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (…).

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º incisos 4) y 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto UNANIME, el Concejo Municipal y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE AMPLIA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 031-MDMP QUE EXONERA EL PAGO POR DERECHO DE TRAMITE DEL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN

Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 031-MDMP que “Exonera el Pago por Derecho de Trámite del Procedimiento de Certificado de Jurisdicción, por el periodo de 3 meses, los mismos que surten efectos desde el día siguiente a su publicación.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente dispositivo, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Participación Vecinal, a la Gerencia de Imagen Institucional.

Artículo Tercero.- ENCÀRGUESE, a la Gerencia de Participación Vecinal, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la misma.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la notificación de la presente Ordenanza a las unidades orgánicas de la municipalidad.

Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación de la presente ordenanza en el Portal Web Institucional.

DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL

Unica.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuación de la presente Ordenanza.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR

Alcalde

1639876-1