Modifican la Res. N° 005-2018-SUTRAN/01.1 en lo referente a la inclusión de ámbito territorial y denominación de unidad desconcentrada de la SUTRAN precisando que será Unidad Desconcentrada Lima - Callao

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

Nº 014-2018-SUTRAN/01.1

Lima, 19 de abril de 2018

VISTOS: el Informe N° 009-2018-SUTRAN/06.3 del 20 de marzo de 2018 de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° 556-2018-SUTRAN/04.2 del 27 de marzo de 2018 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 030-2018-SUTRAN/04.2.1 del 07 de marzo de 2018 de la Unidad de Planeamiento y Modernización y el Informe N° 068-2018-SUTRAN/04.1 del 04 de abril de 2018 de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29380, se creó la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica funcional, administrativa y presupuestal;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC, publicado con fecha 10 de setiembre de 2015, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la SUTRAN;

Que, mediante Resolución del Consejo Directivo N° 005-2018-SUTRAN/01.1, del 07 de marzo de 2018, se aprobó la Apertura de la Unidad Desconcentrada de la región Lima de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, cuyo ámbito territorial incluye la capital y sus provincias;

Que, posteriormente a la expedición de la Resolución del Consejo Directivo 005-2018-SUTRAN/01.1, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización considera necesaria la inclusión del ámbito territorial de la región Callao en la Unidad Desconcentrada recientemente creada a través de la citada resolución, a fin de precisar que se denominará Unidad Desconcentrada Lima – Callao (UD Lima – Callao) cuyo ámbito territorial incluye la región Lima, su capital y provincias y la región Callao, lo cual facilitará la ejecución de las acciones de supervisión, fiscalización y control al servicio de transporte terrestre;

Que, en consideración a los documentos de vistos, resulta conveniente modificar la Resolución del Consejo Directivo N° 005-2018-SUTRAN/01.1 que aprobó la apertura de la Unidad Desconcentrada de la Región de Lima precisando que se denominará Unidad Desconcentrada Lima – Callao (UD Lima – Callao), cuyo ámbito territorial incluye la región Lima, su capital y provincias y la región Callao; por lo que corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente;

Estando a los documentos de vistos y de conformidad con la Ley N° 29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 006-2015-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar los artículos 1 y 2 de la Resolución del Consejo Directivo N° 005-2018-SUTRAN/01.1, en los siguientes términos:

Artículo 1°.- Aprobar la apertura de la Unidad Desconcentrada Lima - Callao (UD Lima - Callao) de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, cuyo ámbito territorial incluye la región Lima, su capital y provincias y la región Callao.

Artículo 2°.- Disponer la transferencia de personal y del presupuesto, bienes patrimoniales y acervo documental que corresponda de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización a la Gerencia de Articulación Territorial, en un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución.”

Artículo 2º.- Dejar subsistentes las demás disposiciones contenidas en la Resolución del Consejo Directivo N° 005-2018-SUTRAN/01.1.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal institucional de la SUTRAN (www.sutran.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LORENZO RAMON ORREGO LUNA

Presidente del Consejo Directivo de SUTRAN

OMAR ADOLFO REVOLLEDO CHAVEZ

Miembro del Consejo Directivo de SUTRAN

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