Autorizan publicación de Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba Términos de Referencia para la elaboración del Estudio Ambiental Integrado, en cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 040-2014-EM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 132-2018-MEM/DM
Lima, 16 de abril de 2018
VISTO: El Informe Nº 051-2018-MEM-DGAAM/DNAM de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM establece entre las funciones generales del Ministerio de Energía y Minas la de dictar la normatividad general de alcance nacional en las materias de su competencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-EM, se aprobó el Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para las Actividades de Explotación, Beneficio, Labor General, Transporte y Almacenamiento Minero, cuya Primera Disposición Complementaria Final establece que los Términos de Referencia del Estudio Ambiental Integrado deben ser aprobados por la autoridad ambiental competente con opinión favorable del Ministerio del Ambiente;
Que, mediante el Informe Nº 051-2018-MEM-DGAAM/DNAM, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros sustenta la propuesta de los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio Ambiental Integrado, en cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 040-2014-EM;
Que, a través del Oficio N° 774-2016-MINAM/VMGA/DGPNIGA, la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente remitió a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas, el Informe Técnico N° 0085-2016-MINAM/VMGA/DGPNIGA/JCARRERA, el cual sustenta la opinión técnica favorable a la propuesta de Términos de Referencia para la elaboración del Estudio Ambiental Integrado;
Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, dispone que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, deben ser puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, precisando que el aviso de publicación del proyecto debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez días útiles;
Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio Ambiental Integrado, en cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 040-2014-EM, en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas, otorgando a los interesados un plazo de diez días útiles para la remisión, por escrito o vía electrónica, de los comentarios y sugerencias;
De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; la Ley N° 30705, Ley Orgánica y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio Ambiental Integrado, en cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 040-2014-EM.
Artículo 2.- Establecer un plazo de diez días útiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, a fin de que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, sito en Avenida De Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; o, vía internet a la siguiente dirección de correo electrónico temp_dgaam141@minem.gob.pe
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y del proyecto señalado en el artículo 1, en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Francisco ismodes mezzano
Ministro de Energía y Minas
1637857-1