Autorizan viaje del Comandante de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios

resolución ministerial

nº 550-2018-in

Lima, 12 de abril de 2018

VISTOS; el Circular con Referencia 2018/47/OEC/CNET/DCO/WOA/GG/bl, de fecha 26 de enero de 2018, de la Dirección de Delincuencia Organizada y Nuevas Tendencias Delictivas de la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL, la Hoja de Estudio y Opinión N° 118-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 4 de abril de 2018, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 124-2018-DIRASINT-PNP/DIVBEC-D.R., de fecha 5 de abril de 2018, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001180-2018/IN/OGAJ, de fecha 6 de abril de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Circular con Referencia 2018/47/OEC/CNET/DCO/WOA/GG/bl, de fecha 26 de enero de 2018, la Dirección de Delincuencia Organizada y Nuevas Tendencias Delictivas de la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL hace de conocimiento de la Jefatura de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, que se realizará la 1a Conferencia Regional sobre Tráfico Ilícito de Bienes Culturales Robados en las Américas, a llevarse a cabo del 17 al 19 de abril de 2018, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – República Argentina;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 118-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 4 de abril de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Luis Alcides Coronado Prieto, propuesto por la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, para que participe en la conferencia antes citada, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – República Argentina, del 16 al 20 de abril de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha conferencia tiene como propósito intercambiar información relacionada a los delitos contra los bienes culturales cometidos en las Américas, tales como los tipos de objetos robados, las redes delictivas; y, la región como zona de tránsito y de destino de dichos bienes; asimismo, se busca mejorar la ayuda de emergencia para proteger los bienes culturales en el caso de catástrofes naturales, así como consolidar las medidas para prevenir el robo de bienes culturales y afianzar la cooperación internacional;

Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la conferencia indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alimentación y pasajes aéreos (ida y retorno), son asumidos por la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL, conforme lo precisa el Mensaje de fecha 15 de marzo de 2018, de la Unidad de Obras de Arte de la Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL, mientras que los gastos por concepto de viáticos (financiamiento parcial), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 1378-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 26 de marzo de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú;

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios;

Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial “El Peruano”;

Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Luis Alcides Coronado Prieto, del 16 al 20 de abril de 2018, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos (financiamiento parcial) que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe US$

Días

Personas

Total US$

Viáticos (70%)

259.00

X

3

X

1

=

777.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAURO MEDINA GUIMARAES

Ministro del Interior

1636967-1