Incluyen en el cuadro de Organización de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial a la Corte Superior de Justicia de la Selva Central; así como, a la Oficina Técnica de Seguridad y Salud en el Trabajo (OFITEC)

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 091-2018-CE-PJ

Lima, 14 de marzo de 2018

VISTO:

El Oficio Nº 02-2018-PCSST-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Representante titular ante el Comité de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el señor Consejero Representante titular ante el Comité de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial refiere que mediante Resolución Administrativa Nº 264-2016-CE-PJ se aprobó la Organización de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, conforme al orden y estructura, que en documento anexo forma parte integrante de dicha resolución.

Segundo. Que, de otro lado, señala que por resolución de fecha 27 de enero de 2016, este Órgano de Gobierno creó la Oficina Técnica de Seguridad y Salud en el Trabajo, como una oficina de asesoramiento y apoyo al Comité de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, en relación a las funciones del empleador y del referido comité, indicadas en la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; y, mediante Resolución Administrativa Nº 307-2017-CE-PJ, se creó el Distrito Judicial de la Selva Central, con sede en el Distrito y Provincia de Chanchamayo, Departamento de Junín, a partir del 1 de enero del presente año.

Tercero. Que, por ello, la Secretaría del Comité de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial cursó el Oficio Nº 045-2018-ST-CSST-CE-PJ, solicitando a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de la Selva Central, que conforme el Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo del mencionado Distrito Judicial; para luego iniciar la implementación del Sistema de Gestión del referido Comité, cumpliendo con la ley y la política dispuesta por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en beneficio del trabajador.

Cuarto. Que, en tal sentido, el señor Consejero Representante titular ante el Comité de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial solicita la inclusión en el cuadro de Organización de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, a la Corte Superior de Justicia de la Selva Central y a la Oficina Técnica de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Quinto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia, en mérito al Acuerdo Nº 203-2018 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 26) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Incluir en el cuadro de Organización de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 264-2016-CE-PJ, a la Corte Superior de Justicia de la Selva Central; así como, a la Oficina Técnica de Seguridad y Salud en el Trabajo (OFITEC), conforme al orden y estructura, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comité de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO

Presidente

1636599-5