Aprueban documento denominado “Lineamientos de Trabajo de las Comisiones Distritales encargadas de Implementar la Ley Nº 30364”; así como, el Anexo 01 “Ficha de Supervisión (Comisión Distrital), Factores de Valorización para el Seguimiento y Monitoreo - Implementación de la Ley Nº 30364”; y, la “Encuesta de Satisfacción y Calidad del Servicio para ser aplicada en los Juzgados de Familia, Mixtos y Civiles que hacen sus veces, que atienden Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar”

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 080-2018-CE-PJ

Lima, 14 de marzo de 2018

VISTO:

El Oficio Nº 291-2017-C-PNI-LEY Nº 30364, cursado por la señora Jueza Suprema doctora Elvia Barrios Alvarado, Coordinadora Nacional del Programa Nacional para la Implementación de la Ley Nº 30364.

CONSIDERANDO:

Primero. Que la señora Coordinadora Nacional del Programa Nacional para la Implementación de la Ley Nº 30364 remite el documento denominado “Lineamientos de Trabajo de las Comisiones Distritales encargadas de Implementar la Ley Nº 30364”; así como, el Anexo 01 “Ficha de Supervisión (Comisión Distrital), Factores de Valorización para el Seguimiento y Monitoreo - Implementación de la Ley Nº 30364”; y, la “Encuesta de Satisfacción y Calidad del Servicio para ser aplicada en los Juzgados de Familia, Mixtos y Civiles que hacen sus veces, que atienden Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar”.

Segundo. Que el objetivo general del documento presentado es concretizar las acciones formuladas en la política de gobierno del Poder Judicial, en la lucha contra la violencia de género, articuladas con los tratados y convenciones que responden a la problemática de violencia hacia la mujer y los integrantes del grupo familiar, a fin de lograr justicia oportuna, eficaz y de calidad.

Asimismo, tiene los siguientes objetivos específicos:

i) Fortalecer la coordinación y comunicación de las Comisiones Distritales con la Comisión Nacional de Implementación de la Ley Nº 30364.

ii) Lograr un programa de implementación cohesionado con una sola visión de intervención en las denuncias de violencia familiar a nivel nacional.

iii) Promover la aplicación de una estructura de monitoreo, seguimiento y control uniforme, respecto de la implementación de la Ley Nº 30364.

iv) Responder a una necesidad urgente de articulación y esfuerzos entre todos los operadores, que forman parte de la ruta de atención a víctimas de violencia de género e integrantes del grupo familiar.

v) Desarrollar acciones de capacitación diferenciadas, para los profesionales que laboran en los juzgados de familia y penal; y,

vi) Implementar a nivel nacional la sub especialidad de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, con turnos rotativos, teniendo en cuenta para ello, la realidad de cada Distrito Judicial.

Tercero. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia, en mérito al Acuerdo Nº 183-2018 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi, por tener cita médica; en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 26) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar documento denominado “Lineamientos de Trabajo de las Comisiones Distritales encargadas de Implementar la Ley Nº 30364”; así como, el Anexo 01 “Ficha de Supervisión (Comisión Distrital), Factores de Valorización para el Seguimiento y Monitoreo – Implementación de la Ley Nº 30364”; y, la “Encuesta de Satisfacción y Calidad del Servicio para ser aplicada en los Juzgados de Familia, Mixtos y Civiles que hacen sus veces, que atienden Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar”; que en documentos adjuntos forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, dicte las medidas complementarias que sean pertinentes.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución administrativa y los documentos aprobados, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su debido cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Coordinación Nacional del Programa Nacional para la Implementación de la Ley Nº 30364; Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO

Presidente

1634072-1