Designan órgano del COFOPRI que realizará las funciones de Unidad Formuladora y a su responsable
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 111-2018-VIVIENDA
Lima, 26 de marzo de 2018
VISTOS, el Oficio N° 113-2018-COFOPRI/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, el Memorándum N° 523-2018/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como Sistema Administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo establece como órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;
Que, el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2017-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 104-2017-EF y el Decreto Supremo N° 248-2017-EF, dispone que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector;
Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento citado en el considerando precedente, establece que le corresponde al Órgano Resolutivo, designar, entre otros, al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) formuladora(s) de su Sector; siempre que cumplan con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, el literal e) del numeral 6.2 del artículo 6 de la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por Resolución Ministerial Nº 035-2018-EF/15, dispone que en la fase de Programación Multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones el Órgano Resolutivo tiene la función de designar al órgano que realiza las funciones de la Unidad Formuladora, así como a su Responsable, para lo cual debe verificar el cumplimiento del perfil profesional establecido en el Anexo Nº 02: Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora (UF), de la citada Directiva;
Que, mediante Oficio N° 113-2018-COFOPRI/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI adjunta el Informe N° 081-2018-COFOPRI/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de COFOPRI, mediante el cual la referida Oficina, considera viable que la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto efectúe las labores de Unidad Formuladora; y, el Informe N° 036-2018-COFOPRI/OA-URRHH de la Unidad de Recursos Humanos de COFOPRI, concluyendo que el señor Luis Ángel Palomino Figueroa cumple con el perfil profesional establecido en el Anexo N° 02 de la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por Resolución Ministerial Nº 035-2018-EF/15;
Que, mediante Memorándum N° 523-2018/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, adjunta y da conformidad al Informe N° 120-2018/VIVIENDA-OGPP-OI, mediante el cual, la Oficina de Inversiones hace suyo el Informe Técnico N° 137-2018/VIVIENDA-OGPP-OI, el cual manifiesta que según la información remitida por COFOPRI el señor Luis Ángel Palomino Figueroa cumple con los requisitos establecidos en el Anexo N° 02 de la Directiva citada en el considerando precedente y que la designación de la Unidad de Planeamiento de COFOPRI como Unidad Formuladora de COFOPRI y su responsable se sujeta al marco normativo vigente;
Que, estando a lo expuesto, en virtud a lo señalado en los considerandos precedentes y contando con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto resulta necesario expedir Resolución Ministerial designando a la Unidad de Planeamiento de COFOPRI, como órgano encargado que realizará las funciones de Unidad Formuladora y como responsable de dicha Unidad Formuladora al señor Luis Ángel Palomino Figueroa;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2017-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 104-2017-EF y el Decreto Supremo N° 248-2017-EF; y, la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por Resolución Ministerial Nº 035-2018-EF/15;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a la Unidad de Planeamiento del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, como el órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora y como responsable de dicha Unidad Formuladora al señor Luis Ángel Palomino Figueroa.
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor Luis Ángel Palomino Figueroa y a la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1630752-1