Aprueban Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-65

decreto supremo

nº 007-2018-em

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, es política del Estado Peruano promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia;

Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;

Que, conforme lo establece el literal b) del artículo 9 concordado con el artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, PERUPETRO S.A. se encuentra facultada a negociar, celebrar y supervisar, en su calidad de Contratante, los Contratos de Licencia, Contratos de Servicios y otras modalidades de contratación autorizadas por el Ministerio de Energía y Minas, para la realización de actividades de exploración y explotación de Hidrocarburos;

Que, el artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los Contratos podrán celebrarse, a criterio del Contratante, previa negociación directa o por convocatoria; y, que los Contratos se aprueban por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas, en un plazo no mayor de sesenta (60) días de iniciado el trámite de aprobación ante el Ministerio de Energía y Minas por la Entidad Contratante;

Que, el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, señala que la extensión y delimitación del área inicial de Contrato se determina en cada Contrato en función al potencial hidrocarburífero, zona geográfica, programa de trabajo mínimo garantizado y área en que efectivamente se realizarán las actividades de exploración o explotación de Hidrocarburos o ambas actividades;

Que, PERUPETRO S.A., al amparo de las facultades señaladas, ha negociado con la empresa TULLOW OIL PLC, un Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-65, ubicado en el zócalo continental frente a las costas de las provincias de Paita y Sechura del departamento de Piura;

Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio N° 120-2017, de fecha 20 de diciembre de 2017, aprobó el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-65, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y TULLOW PERU LIMITED SUCURSAL DEL PERÚ; elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación;

Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 63 y 66 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo N° 668 y demás normas aplicables, es procedente otorgar las garantías señaladas por estos dispositivos;

De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM;

DECRETA:

Artículo 1.- Lote objeto del Contrato

Apruébase la conformación, extensión, delimitación y nomenclatura del área inicial del Lote Z-65, ubicado en el zócalo continental frente a las costas de las provincias de Paita y Sechura del departamento de Piura, adjudicándolo a PERUPETRO S.A. y declarándolo materia de suscripción de Contrato; el mapa y la memoria descriptiva de dicho Lote se incluyen como Anexo I y II, respectivamente, y forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Aprobación del Contrato

Apruébase el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-65, que consta de una (01) Cláusula Preliminar, veintitrés (23) Cláusulas y diez (10) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y TULLOW PERU LIMITED SUCURSAL DEL PERÚ, con intervención del Banco Central de Reserva del Perú, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los artículos 63 y 66 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM.

Artículo 3.- Autorización para suscribir el Contrato

Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con TULLOW PERU LIMITED SUCURSAL DEL PERÚ, el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-65, que se aprueba en el artículo 2 del presente Decreto Supremo.

Artículo 4.- Vigencia y refrendo

El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Energía y Minas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente de la República

CLAUDIA MARÍA COOPER FORT

Ministra de Economía y Finanzas

ÁNGELA GROSSHEIM BARRIENTOS

Ministra de Energía y Minas

ANEXO “II”

MEMORIA DESCRIPTIVA DEL LOTE Z-65

UBICACIÓN

El Lote Z-65 se encuentra ubicado en el zócalo continental frente a las costas de las Provincias de Paita y Sechura de la Región Piura y está delimitado tal como se muestra en el Anexo “B” (Mapa) conforme a la siguiente descripción:

PUNTO DE REFERENCIA

El Punto de Referencia o (PR) es la Estación Bayovar, ubicado en la Provincia de Sechura de la Región Piura.

PUNTO DE PARTIDA

Desde el Punto de Referencia (PR) se mide 1,770.334 m hacia el Sur y luego 20,531.480 m hacia el Oeste hasta encontrar el Punto (39) que es el Punto de Partida (PP) del perímetro del Lote.

CONFORMACIÓN DEL LOTE

Desde el Punto (39) o (PP) se mide 1,572.623 m Oeste en línea recta con Azimut de 270°00’00” hasta llegar al Punto (38).

Desde el Punto (38) se mide 21,236.342 m Sur en línea recta con Azimut de 180°00’00” hasta llegar al Punto (47).

Desde el Punto (47) se mide 1,572.633 m Este en línea recta con Azimut de 90°00’00” hasta llegar al Punto (48).

Desde el Punto (48) se mide 4,671.931 m Sur en línea recta con Azimut de 180°00’00” hasta llegar al Punto (49).

Desde el Punto (49) se mide 2,351.852 m Este en línea recta con Azimut de 90°00’00” hasta llegar al Punto (50).

Desde el Punto (50) se mide 3,151.652 m Sur en línea recta con Azimut de 180°00’00” hasta llegar al Punto (55).

Desde el Punto (55) se mide 1,669.705 m Este en línea recta con Azimut de 90°00’00” hasta llegar al Punto (56).

Desde el Punto (56) se mide 6,848.231 m Sur en línea recta con Azimut de 180°00’00” hasta llegar al Punto (57).

Desde el Punto (57) se mide 7,445.732 m Este en línea recta con Azimut de 90°00’00” hasta llegar al Punto (58).

Desde el Punto (58) se mide 14,586.826 m Sur Este en línea recta con Azimut de 120°36’40”409 hasta llegar al Punto (64).

Desde el Punto (64) se mide 2,572.125 m Sur en línea recta con Azimut de 180°00’00” hasta llegar al Punto (65).

Desde el Punto (65) se mide 4,294.742 m Este en línea recta con Azimut de 90°00’00” hasta llegar al Punto (66).

Desde el Punto (66) se mide 6,457.271 m Sur Este en línea recta con Azimut de 126°27’34”714 hasta llegar al Punto (70).

Desde el Punto (70) se mide 1,396.163 m Sur Este en línea recta con Azimut de 133°47’02”556 hasta llegar al Punto (71).

Desde el Punto (71) se mide 3,395.153 m Sur en línea recta con Azimut de 180°00’00” hasta llegar al Punto (76).

Desde el Punto (76) se mide 56,863.042 m Oeste en línea recta con Azimut de 270°00’00” hasta llegar al Punto (72).

Desde el Punto (72) se mide 60,078.994 m Nor Oeste en línea recta con Azimut de 336°50’11”776 hasta llegar al Punto (37).

Desde el Punto (37) se mide 66,346.695 m Norte en línea recta con Azimut de 360°00’00” hasta llegar al Punto (6).

Desde el Punto (6) se mide 29,628.087 m Este en línea recta con Azimut de 90°00’00” hasta llegar al Punto (8).

Desde el Punto (8) se mide 13,614.540 m Norte en línea recta con Azimut de 360°00’00” hasta llegar al Punto (2).

Desde el Punto (2) se mide 5,747.024 m Este en línea recta con Azimut de 90°00’00” hasta llegar al Punto (3).

Desde el Punto (3) se mide 5,076.885 m Nor Este en línea recta con Azimut de 50°33’50”201 hasta llegar al Punto (1).

Desde el Punto (1) se mide 23,224.705 m Sur en línea recta con Azimut de 180°00’00” hasta llegar al Punto (14).

Desde el Punto (14) se mide 4,668.126 m Oeste en línea recta con Azimut de 270°00’00” hasta llegar al Punto (13).

Desde el Punto (13) se mide 29,999.676 m Sur en línea recta con Azimut de 180°00’00” hasta llegar al Punto (25).

Desde el Punto (25) se mide 11,349.886 m Este en línea recta con Azimut de 90°00’00” hasta llegar al Punto (26).

Desde el Punto (26) se mide 31,091.081 m Sur en línea recta con Azimut de 180°00’00” hasta llegar al Punto (39) o (PP) cerrando así el perímetro del Lote.

DEFINICIÓN DE LAS PARCELAS

Parcela 1 rodeada por los puntos de esquina 1,5,4,2 y 3

Parcela 2 rodeada por los puntos de esquina 4,5,12,11 y 8

Parcela 3 rodeada por los puntos de esquina 6,7,9,16 y 15

Parcela 4 rodeada por los puntos de esquina 7,8,11,10 y 9

Parcela 5 rodeada por los puntos de esquina 9,10,17 y 16

Parcela 6 rodeada por los puntos de esquina 10,11,12,14,13,20,19 y 17

Parcela 7 rodeada por los puntos de esquina 15,16,18,22 y 21

Parcela 8 rodeada por los puntos de esquina 16,17,19 y 18

Parcela 9 rodeada por los puntos de esquina 18,19,23 y 22

Parcela 10 rodeada por los puntos de esquina 19,20,24 y 23

Parcela 11 rodeada por los puntos de esquina 21,22,27,31 y 30

Parcela 12 rodeada por los puntos de esquina 22,23,28 y 27

Parcela 13 rodeada por los puntos de esquina 23,24,25,26,29 y 28

Parcela 14 rodeada por los puntos de esquina 27,28,32 y 31

Parcela 15 rodeada por los puntos de esquina 28,29,33 y 32

Parcela 16 rodeada por los puntos de esquina 30,31,34,40,43 y 37

Parcela 17 rodeada por los puntos de esquina 31,32,35 y 34

Parcela 18 rodeada por los puntos de esquina 32,33,36 y 35

Parcela 19 rodeada por los puntos de esquina 34,35,41 y 40

Parcela 20 rodeada por los puntos de esquina 35,36,39,38,42 y 41

Parcela 21 rodeada por los puntos de esquina 40,41,45,44 y 43

Parcela 22 rodeada por los puntos de esquina 41,42,46 y 45

Parcela 23 rodeada por los puntos de esquina 44,45,52 y 51

Parcela 24 rodeada por los puntos de esquina 45,46,47,48,49,50,54,53 y 52

Parcela 25 rodeada por los puntos de esquina 51,52,60 y 59

Parcela 26 rodeada por los puntos de esquina 52,53,61 y 60

Parcela 27 rodeada por los puntos de esquina 53,54,55,56,57,58,62 y 61

Parcela 28 rodeada por los puntos de esquina 59,60,67,73 y 72

Parcela 29 rodeada por los puntos de esquina 60,61,68 y 67

Parcela 30 rodeada por los puntos de esquina 61,62,63,69 y 68

Parcela 31 rodeada por los puntos de esquina 63,64,65,66,70,71,76,75 y 69

Parcela 32 rodeada por los puntos de esquina 67,68,74 y 73

Parcela 33 rodeada por los puntos de esquina 68,69,75 y 74

RELACIÓN DE COORDENADAS DE LAS ESQUINAS DEL LOTE

COORDENADAS PLANAS UTM

COORDENADAS GEOGRÁFICAS

Punto

Metros Este

Metros Norte

Latitud Sur

Longitud Oeste

Est.

Bayovar(PR)

496,253.170

9’355,923.054

05°49’37”069

81°02’01”844

39 (PP)

475,721.690

9’354,152.720

05°50'34"574

81°13'09"532

38

474,149.067

9’354,152.720

05°50'34"553

81°14'00"673

47

474,149.067

9’332,916.378

06°02'06"148

81°14'00"964

48

475,721.700

9’332,916.378

06°02'06"169

81°13'09"805

49

475,721.700

9’328,244.447

06°04'38"317

81°13'09"866

50

478,073.552

9’328,244.447

06°04'38"347

81°11'53"352

55

478,073.552

9’325,092.795

06°06'20"985

81°11'53"390

56

479,743.257

9’325,092.795

06°06'21"004

81°10'59"065

57

479,743.257

9’318,244.564

06°10'04"026

81°10'59"141

58

487,188.989

9’318,244.564

06°10'04"094

81°06'56"862

64

499,743.028

9’310,816.806

06°14'06"036

81°00'08"363

65

499,743.028

9’308,244.681

06°15'29"801

81°00'08"363

66

504,037.770

9’308,244.681

06°15'29"796

80°57'48"591

70

509,231.196

9’304,407.406

06°17'34"743

80°54'59"551

71

510,239.160

9’303,441.342

06°18'06"199

80°54'26"740

76

510,239.160

9’300,046.189

06°19'56"767

80°54'26"720

72

453,376.118

9’300,046.189

06°19'56"180

81°25'17"573

37

429,743.768

9’355,282.025

05°49'56"662

81°38'04"652

6

429,743.768

9’421,628.720

05°13'56"064

81°38'02"351

8

459,371.855

9’421,628.720

05°13'56"832

81°21'59"868

2

459,371.855

9’435,243.260

05°06'33"447

81°21'59"613

3

465,118.879

9’435,243.260

05°06'33"546

81°18'52"950

1

469,039.930

9’438,468.182

05°04'48"578

81°16'45"549

14

469,039.930

9’415,243.477

05°17'24"943

81°16'45"881

13

464,371.804

9’415,243.477

05°17'24"870

81°19'17"546

25

464,371.804

9’385,243.801

05°33'41"866

81°19'18"063

26

475,721.690

9’385,243.801

05°33'42"035

81°13'09"147

RELACIÓN DE COORDENADAS DE LAS ESQUINAS DE LAS PARCELAS

COORDENADAS PLANAS UTM

COORDENADAS GEOGRÁFICAS

Punto

Metros Este

Metros Norte

Latitud Sur

Longitud Oeste

1

469,039.930

9’438,468.182

05°04'48"578

81°16'45"549

2

459,371.855

9’435,243.260

05°06'33"447

81°21'59"613

3

465,118.879

9’435,243.260

05°06'33"546

81°18'52"950

4

459,371.855

9’426,000.000

05°11'34"473

81°21'59"786

5

469,039.930

9’426,000.000

05°11'34"633

81°16'45"726

6

429,743.768

9’421,628.720

05°13'56"064

81°38'02"351

7

437,000.000

9’421,628.720

05°13'56"290

81°34'06"633

8

459,371.855

9’421,628.720

05°13'56"832

81°21'59"868

9

437,000.000

9’416,000.000

05°16'59"594

81°34'06"799

10

457,000.000

9’416,000.000

05°17'00"095

81°23'17"034

11

459,371.855

9’416,000.000

05°17'00"142

81°21'59"975

12

469,039.930

9’416,000.000

05°17'00"291

81°17'18"359

EXTENSIÓN (Área por parcelas)

Las Coordenadas, Distancias, Áreas y Azimuts mencionados en este anexo, se refieren al Sistema de Proyección Universal Transversal Mercator (U.T.M) Esferoide Internacional, Zona 17 (Meridiano Central 81º00’00”), Datum Geodésico Mundial WGS 84.

En caso de discrepancias de las Coordenadas U.T.M. con las Coordenadas Geográficas o con las Distancias, Áreas y Azimuts, las Coordenadas U.T.M. serán consideradas correctas.

1630176-3