Aprueban la Directiva N° 002-2018-MINCETUR, “Directiva que Regula la Gestión Documental del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 101-2018-MINCETUR

Lima, 14 de marzo de 2018

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 27790, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Que, en el artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir a implementar una gestión moderna, descentralizada y con mayor participación del ciudadano;

Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, dispone como finalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, el numeral 16.1 del artículo 16 del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece que el acto administrativo es eficaz a partir de que la notificación legalmente realizada produce sus efectos;

Que, el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece las modalidades de notificación del acto administrativo;

Que, el numeral 70.2 del artículo 70 del Texto Único Ordenado antes mencionado indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia

Que, mediante Resolución Ministerial N°112-2001-ITINCI/DM, se aprobó la Directiva N°002-2001-ITINCI/DM, “Normas para el registro, control, seguimiento y seguridad del Sistema de Trámite Documentario del MITINCI”;

Que, por Resolución Ministerial N°044-2011-MINCETUR/DM, se aprobó la Directiva N°001-2011-MINCETUR/DM, “Directiva para la notificación de los actos administrativos emitidos por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”;

Que, desde la vigencia de las citadas Directivas se han aprobada diversas normas en materia administrativa, entre ellas, el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, que aprueba la a Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; y el Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS;

Que, es necesario establecer los lineamientos que regulen la recepción, registro, digitalización, distribución, información y control de todos los trámites presentado por los ciudadanos ante el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con el propósito de brindar información oportuna del estado en que se encuentran dichos documentos y agilizar la tramitación de los mismos, así como establecer las condiciones para lograr la optimización del trámite de los documentos internos y externos que se desarrollen en el MINCETUR, y su adecuada notificación;

De conformidad con lo establecido en la Ley N°27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y el Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 002-2018-MINCETUR, “Directiva que Regula la Gestión Documental del Ministerio De Comercio Exterior y Turismo”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Directiva N°002-2001-ITINCI/DM, “Normas para el registro, control, seguimiento y seguridad del Sistema de Trámite Documentario del MITINCI”, aprobada por Resolución Ministerial N°112-2001-ITINCI/DM y la Directiva N°001-2011-MINCETUR/DM, “Directiva para la Notificación de los actos administrativos emitidos por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”, aprobada por Resolución Ministerial N°044-2011-MINCETUR/DM.

Articulo 3.- Encargar a la Oficina General de Administración la difusión y cumplimiento de las disposiciones de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (http://www.mincetur.gob.pe), el mismo día de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

1626129-1