Modifican trayectorias de las Rutas Nacionales PE-24 y PE-3S B, previstas en el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC
Resolución Ministerial
Nº 141-2018-MTC/01.02
Lima, 13 de marzo de 2018
VISTOS: El Memorándum N° 314-2018-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley;
Que, por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC se aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial, en adelante, el Reglamento, el cual establece los criterios de clasificación de vías destinados a orientar las decisiones de inversión y operación de éstas, así como los criterios para la declaración de áreas o vías de acceso restringido;
Que, los artículos 4 y 6 del Reglamento, establecen que el Sistema Nacional de Carreteras, en adelante, SINAC, se jerarquiza en tres redes viales, las que están a cargo de las autoridades competentes de los tres niveles de gobierno que corresponden a la organización del Estado, de manera que: (i) el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, está a cargo de la Red Vial Nacional; (ii) los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, (iii) los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural;
Que, el artículo 15 del Reglamento señala que el Clasificador de Rutas es el documento oficial del SINAC, clasificadas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, incluye el Código de Ruta y su definición según puntos o lugares principales que conecta, respecto del cual el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el responsable de elaborar la actualización del Clasificador de Rutas que se aprobará mediante Decreto Supremo y que las modificaciones serán aprobadas por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, por Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, se aprueba la actualización del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC;
Que, el artículo 62 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, señala que la Dirección de Caminos de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles tiene como función mantener actualizado el inventario vial a nivel nacional, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio, concesionarios, órganos competentes de nivel regional, local y otros según corresponda;
Que, por Memorándum N° 314-2018-MTC/14, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles remite el Informe N° 127-2018-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos, a través del cual señala que:
a) El Contrato de Concesión del Tramo 2 de IIRSA Centro: Puente Ricardo Palma - La Oroya -Huancayo y La Oroya - Dv. Cerro de Pasco, suscrito el 27 de setiembre de 2010 entre el Estado de la República del Perú, a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la Sociedad Desarrollo Vial de los Andes S.A.C. - DEVIANDES, indica que la vía concesionada comprende los sub tramos del Tramo 2 de IIRSA Centro, que se detallan a continuación:
Sub Tramo |
Descripción |
Ruta |
1 |
Puente Ricardo Palma - La Oroya |
PE-22 |
2 |
La Oroya - Huancayo: |
|
La Oroya - Empalme Ruta 003 S B |
PE-3S |
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Empalme Ruta 003S B - Cruce Ruta PE-24 |
PE-3S B |
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Cruce Ruta PE-24 - Empalme Ruta PE-3S (El Tambo) |
PE-24 |
|
3 |
La Oroya - Dv. Cerro de Pasco |
PE-3N |
b) Los sub tramos viales comprendidos en el Contrato de Concesión, se establecieron en función a la trayectoria de la Ruta Nacional PE-24 prevista en el Clasificador de Rutas del SINAC, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2008-MTC, que estuvo vigente en el año 2010;
c) Han verificado que la trayectoria de la Ruta Nacional PE-24 prevista en el Clasificador de Rutas del SINAC vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, no guarda relación con la trayectoria establecida en el contrato de concesión, al no haberse incluido el tramo comprendido entre el punto Emp. Pilcomayo y el punto Emp. PE-3S (El Tambo);
Que, en ese sentido, con la finalidad de que la trayectoria de la Ruta Nacional PE-24 guarde relación con el Contrato de Concesión del Tramo 2: IIRSA Centro anteriormente mencionado, la Dirección de Caminos de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles propone aprobar la modificación de la trayectoria de la Ruta Nacional PE- 24 en el Clasificador de Rutas del SINAC aprobado por Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, de acuerdo al siguiente detalle: “Emp. PE-1S (Dv. San Vicente de Cañete) - Dv. Quilmana - Imperial - Pontón Socsi - Lunahuana - Zúñiga - Catahuasi - Dv. Yauyos - Tomas - Abra Negro Bueno - San José de Quero - Colpa - Chupaca - Pilcomayo - Pte. La Breña - Emp. PE-3S (El Tambo)”;
Que, asimismo, la precitada Dirección General señala que como consecuencia de la modificación de la trayectoria de la Ruta Nacional PE-24, es necesario modificar la trayectoria de la Ruta Nacional PE-3S B, en dos tramos: (i) Tramo PE-3S B de trayectoria: “Emp. PE-3S (Dv. Pte. Stuart) - Muqui - Huancani - Sincos - Mito - Orcotuna - Sicaya - Emp PE-24 (Pilcomayo)”, y (ii) Tramo PE-3S Z de trayectoria “Emp PE-24 (Pilcomayo) - Huamancaca Chico - Tres de Diciembre - Chupuro - Viques - Emp. PE-3S (Huayucachi)”;
Que, en consecuencia, corresponde expedir la Resolución Ministerial disponiendo la modificación de la trayectoria de las Rutas Nacionales PE-24 y PE-3S B en el Clasificador de Rutas del SINAC, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2016-MTC;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC y el Decreto Supremo N° 017-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación de la trayectoria de la Ruta Nacional PE-24 en el Clasificador de Rutas del SINAC
Modificar la trayectoria de la Ruta Nacional PE-24, prevista en el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, conforme al siguiente detalle:
“PE-24
Trayectoria: Emp. PE-1S (Dv. San Vicente de Cañete) - Dv. Quilmana - Imperial - Pontón Socsi - Lunahuana - Zúñiga - Catahuasi - Dv. Yauyos - Tomas - Abra Negro Bueno - San José de Quero - Colpa - Chupaca - Pilcomayo - Pte. La Breña - Emp. PE-3S (El Tambo)”.
Artículo 2.- Modificación de la trayectoria de la Ruta Nacional PE-3S B en el Clasificador de Rutas del SINAC
Modificar la trayectoria de la Ruta Nacional PE-3S B, prevista en el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC aprobado por Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, en dos tramos PE-3S B y PE-3S Z, conforme al siguiente detalle:
“PE-3S B
Trayectoria: Emp. PE-3S (Dv. Pte. Stuart) - Muqui - Huancani - Sincos - Mito - Orcotuna - Sicaya - Emp PE-24 (Pilcomayo)”.
“PE-3S Z
Trayectoria: Emp PE-24 (Pilcomayo) - Huamancaca Chico - Tres de Diciembre - Chupuro - Viques - Emp. PE-3S (Huayucachi)”.
Artículo 3.- Actualización del Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC
Disponer que la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles actualice el Mapa Vial del Sistema Nacional de Carreteras-SINAC, conforme a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Bruno Giuffra Monteverde
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1625696-1