Aprueban apertura de la Unidad Desconcentrada de la Región Lima

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

Nº 005-2018-SUTRAN/01.1

Lima, 7 de marzo de 2018

VISTOS: el Memorando N° 406-2018-SUTRAN/06.5 del 07 de marzo de 2016, de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, el Informe N° 021-2018-SUTRAN/04.2 del 07 de marzo de 2018 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 042-2018-SUTRAN/04.1 del 07 de marzo de 2018 de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29380, se creó la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, funcional, administrativa y presupuestal, constituyendo pliego presupuestal y encargado de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar de acuerdo con sus competencias los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional, así como aquellos servicios complementarios y vinculados que brinden los agentes públicos o privados relacionados al Sector;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC, publicado con fecha 10 de setiembre de 2015, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la SUTRAN, en el que se establece la nueva estructura orgánica de los órganos y unidades orgánicas que lo integran, entre los que figuran las Unidades Desconcentradas, que dependen de la Gerencia de Articulación Territorial;

Que, según el artículo 60 del ROF de la SUTRAN, las Unidades Desconcentradas tienen un ámbito territorial de acción delimitada en el cual se encargan de dirigir y supervisar la programación, desarrollo y ejecución de las acciones de prevención, fiscalización y supervisión del cumplimiento de la normatividad en materia de transporte, de tránsito, servicios complementarios y de vehículos, en el ámbito de competencia de la SUTRAN, realizando su función en coordinación con los demás órganos de Línea y Gobiernos Regionales y Locales;

Que, mediante el Informe N° 003-2018-SUTRAN/06.3, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización señala la necesidad prioritaria de la creación e implementación de la Unidad Desconcentrada de Lima, cuyo ámbito territorial incluye la capital y sus provincias con el fin de fortalecer y optimizar la gestión y capacidad operativa en la región Lima, lo cual facilitará la ejecución de las acciones de supervisión, fiscalización y control al servicio de transporte terrestre, señalando, además que corresponde la transferencia de personal y presupuesto, y considerando que la desconcentración de funciones se realiza de manera progresiva resulta técnicamente viable la creación de la Unidad Desconcentrada de la Región Lima (UDE-Lima);

Que, asimismo, la Unidad de Planeamiento y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante el Informe N° 021-2018-SUTRAN/04.2.1 señala que resulta viable la propuesta presentada para la creación e implementación de la Unidad Desconcentrada de la Región Lima (UDE-Lima) que no irrogará recursos presupuestales adicionales a la SUTRAN para la apertura de la referida Unidad Desconcentrada;

Que, en consideración a lo señalado, el Consejo Directivo de la SUTRAN aprobó la apertura de la Unidad Desconcentrada de la Región Lima, en consideración al sustento técnico expresado por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización y a la necesidad de contar con una gestión eficiente, ordenada para reforzar la presencia de la SUTRAN en dicha zona; por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

Que, siendo el Consejo Directivo el órgano máximo de la Entidad, le corresponde aprobar la apertura de las Unidades Desconcentradas de la Entidad, así como expedir resoluciones en el ámbito de su competencia, conforme a lo establecido en los incisos f) e i) del Artículo 7° del ROF;

Estando a los documentos de vistos y de conformidad con la Ley N° 29380 y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 006-2015-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la apertura de la Unidad Desconcentrada de la Región Lima de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, cuyo ámbito territorial incluye la capital y sus provincias.

Artículo 2°.- Disponer la transferencia de personal y del presupuesto, bienes patrimoniales y acervo documental que corresponda de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización a la Unidad Desconcentrada de Lima, en un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución.

Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia General de la SUTRAN que disponga las acciones que resulten necesarias para la implementación de la Unidad Desconcentrada a que hace referencia el artículo 1° de la presente Resolución, en un plazo de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente resolución.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal institucional de la SUTRAN (www.sutran.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LORENZO RAMON ORREGO LUNA

Presidente del Consejo Directivo de SUTRAN

OMAR ADOLFO REVOLLEDO CHAVEZ

Miembro del Consejo Directivo de SUTRAN

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