ley nº 30736

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL

CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE AUTORIZA UNA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2018, PARA FINANCIAR PROYECTOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE SANEAMIENTO URBANO

Artículo 1. Objeto

La presente ley tiene por objeto establecer medidas para el año fiscal 2018, orientadas al cierre de brechas en infraestructura en agua y saneamiento, con la finalidad de ejecutar proyectos de inversión.

Artículo 2. Financiamiento de proyectos de inversión

Dispónese que, con cargo al monto de la emisión interna de bonos aprobada por la primera disposición complementaria transitoria de la Ley 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que forma parte del monto de operaciones de endeudamiento a que se refiere el literal a) del numeral 4.2 del artículo 4 de la citada ley, se destinará el monto de QUINIENTOS VEINTISIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 527 373 520,00) para financiar los proyectos de inversión incluidos en el Anexo No 1 de la presente ley, a cargo del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Artículo 3. Transferencia de partidas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

3.1 Autorízase una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de QUINIENTOS VEINTISIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/ 527 373 520,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para financiar cinco (5) proyectos de inversión en materia de saneamiento urbano, según el detalle que se indica en el Anexo N° 1 de la presente ley, conforme a lo siguiente:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y

Comunicaciones

UNIDAD EJECUTORA 012 : MTC- Autoridad Autónoma del Sistema

Eléctrico de Transporte Masivo Lima y

Callao - AATE

PROGRAMA

PRESUPUESTAL 0148 : Reducción del Tiempo, Inseguridad y

Costo Ambiental en el Transporte Urbano

PROYECTO 2233850 : Construcción de la Línea 2 y Ramal Av.

Faucett-Gambetta de la Red Básica del

Metro de Lima y Callao provincias de

Lima y Callao, departamento de Lima

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de

Crédito

GASTO DE CAPITAL

2.6. Adquisición de Activos No Financieros 527 373 520,00

============

TOTAL EGRESOS 527 373 520,00

============

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y

Saneamiento

UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento

Urbano

PROGRAMA

PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento

Urbano

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de

Crédito

GASTO DE CAPITAL

2.6. Adquisición de Activos No Financieros 99 203 560,00

UNIDAD EJECUTORA 006 : Agua Segura para Lima y Callao

PROGRAMA

PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento

Urbano

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de

Crédito

GASTO DE CAPITAL

2.6. Adquisición de Activos No Financieros 428 169 960,00

============

TOTAL EGRESOS 527 373 520,00

============

3.2 Para efectos de lo establecido en el numeral 3.1 del presente artículo, se exceptúa al pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto en el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

3.3 El Anexo N° 1 a que se refiere el numeral 3.1 del presente artículo, se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente ley en el diario oficial El Peruano.

Artículo 4. Procedimiento para la aprobación institucional

4.1 Los titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueban mediante resolución la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 3.1 del artículo 3 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

4.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la transferencia de partidas de los recursos distintos a fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presentan en Anexo No 2 que forman parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenéricas y Subespecífica; y, se presentará junto con la resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente.

4.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

4.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 5. Limitación al uso de los recursos

Los recursos transferidos mediante el numeral 3.1 del artículo 3 de la presente ley no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los siete días del mes de marzo de dos mil dieciocho.

LUIS GALARRETA VELARDE

Presidente del Congreso de la República

MARIO MANTILLA MEDINA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente de la República

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ

Presidenta del Consejo de Ministros

ANEXO Nº 1

TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE SANEAMIENTO URBANO

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS POR

OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO

No

CÓDIGO SNIP

CÓDIGO DGPP

PROYECTO DE INVERSIÓN

MONTO (S/)

1

274554

2260867

MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE EVACUACIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE LAS AGUAS SERVIDAS DE LAS CIUDADES DE SULLANA Y BELLAVISTA, PROVINCIA DE SULLANA - PIURA

99,203,560

2

95668

2403504

SECTORIZACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA PARTE ALTA DE CHORRILLOS MATRIZ PROCERES - CHORRILLOS

191,299,531

3

135337

2399586

ESQUEMA ANEXO 22-PAMPA DE JICAMARCA DE CANTO GRANDE - SECTORIZACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO - DISTRITO DE SAN ANTONIO DE HUAROCHIRI

143,003,106

4

135204

2400301

ESQUEMA CARAPONGO - AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 136 Y 137 DISTRITO DE LURIGANCHO

66,504,328

5

312093

2302266

AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA QUEBRADA DE MANCHAY 3ERA. ETAPA, DISTRITO DE PACHACAMAC, PROVINCIA DE LIMA, REGIÓN LIMA

27,362,995

TOTAL

527,373,520

ANEXO Nº 2

Fuente de Financiamiento

Clasificador de Ingresos

Concepto

Monto (S/)

3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

1.8.2 2.1 1

Bonos del Tesoro Público

527,373,520

TOTAL

527,373,520

1623699-1