Aprueban Ficha Técnica de proyectos de inversión Estándar y/o Simplificados - Recuperación de Ecosistemas Andinos, así como el instructivo para su aplicación

Resolución Ministerial

N° 84-2018-MINAM

Lima, 28 de febrero de 2018

Vistos, el Memorando N° 028-2018-MINAM/VMDERN/DGEFA, de la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental; el Informe 092-2018-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe N° 149-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo No 1252 crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;

Que, el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, (en adelante el Reglamento), establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; a quien le corresponde, entre otras funciones, aprobar las metodologías específicas para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión que se enmarquen en su responsabilidad funcional, aplicables a los tres niveles de gobierno;

Que, el literal k) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento establece que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) de un Sector del Gobierno Nacional es la unidad orgánica con la responsabilidad de elaborar y proponer las metodologías específicas para la formulación de los proyectos de inversión que se enmarquen en la responsabilidad funcional del Sector, en coordinación con las Unidades Formuladoras del Sector, cuando corresponda;

Que, el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento establece que en el marco de las metodologías específicas, los Órganos Resolutivos de los Sectores del Gobierno Nacional, definirán progresivamente las Fichas Técnicas aplicables a los proyectos de inversión, las cuales pueden ser para proyectos estándar, o simplificadas. Asimismo, señala que la OPMI de cada Sector del Gobierno Nacional propone a su Órgano Resolutivo, la estandarización de proyectos y las Fichas Técnicas respectivas;

Que, los literales a) y b) del numeral 5.3 del artículo 5 de la Directiva N° 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 002-2017-EF/63.01, establecen como función de la OPMI elaborar y proponer las metodologías específicas para la formulación de los proyectos de inversión que se enmarquen en la responsabilidad funcional del Sector, en coordinación con las Unidades Formuladoras del Sector, cuando corresponda; así como proponer a su Órgano Resolutivo, la estandarización de proyectos y las fichas técnicas respectivas para su desarrollo;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 167-2017-MINAM, modificada por Resolución Ministerial N° 373-2017-MINAM, se designó a la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, como unidad orgánica encargada de realizar las funciones de la OPMI del Sector Ambiente, así como a los órganos encargados de realizar las funciones de Unidades Formuladoras del Sector y sus responsables. Asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 240-2017-MINAM, se designó a la responsable en Inversiones de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones del Ministerio del Ambiente, como Responsable de la OPMI del Sector Ambiente;

Que, en el marco del Programa Multianual de Inversiones 2018 - 2020 del Sector Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 109-2017-MINAM y actualizado mediante Resolución Ministerial Nº 271-2017-MINAM, se definieron las tipologías de proyectos, bienes y/o servicios públicos que brinda el Sector Ambiental, así como los indicadores de brechas de bienes y/o servicios de los mismos;

Que, a través del Memorando Nº 028-2018-MINAM/VMDERN/DGEFA, la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental, en su calidad de responsable de coordinar la elaboración técnica de los instrumentos metodológicos para la formulación de proyectos de inversión en el marco de las competencias del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, remite el documento técnico de los Estándares de Calidad para Proyectos de Inversión asociados a la Tipología de Ecosistemas Andinos, para ser incorporados en la Ficha Técnica de proyectos de inversión Estándar y/o Simplificados - Recuperación de Ecosistemas Andinos; indicando que los criterios técnicos contenidos en el referido documento fueron revisados y validados conjuntamente con la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, la Dirección General de Diversidad Biológica, y la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación;

Que, con el Memorando N° 141-2018-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 092-2018-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, mediante el cual la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones sustenta y recomienda la aprobación de la Ficha Técnica de proyectos de inversión Estándar y/o Simplificados - Recuperación de Ecosistemas Andinos y la aprobación de su respectivo instructivo;

Que, a través del Informe N° 149-2018-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta viable la aprobación de los referidos instrumentos;

Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental, de la Dirección General de Diversidad Biológica, de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; el Decreto Supremo N° 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Directoral N° 002-2017-EF/63.01, que aprueba la Directiva Nº 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Ficha Técnica de proyectos de inversión Estándar y/o Simplificados - Recuperación de Ecosistemas Andinos, así como el instructivo para su aplicación; los mismos que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la difusión de los instrumentos aprobados en el artículo precedente, en las unidades formuladoras de los tres niveles de gobierno.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Elsa Galarza Contreras

Ministra del Ambiente

1621465-1