Autorizan viaje de Ministros de Estado a Colombia, en comisión de servicios, y encargan sus Despachos

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 038-2018-PCM

Lima, 23 de febrero de 2018

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Legislativa N° 30732 el Presidente de la República, señor Pedro Pablo Kuczynski Godard, ha sido autorizado a viajar a la ciudad de Cartagena de Indias, departamento de Bolívar, República de Colombia, del 26 al 27 de febrero de 2018, para participar en el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional de Ministros Perú - Colombia;

Que, el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Perú - Colombia constituye la máxima instancia de diálogo político y de coordinación política con la República de Colombia, y sus trabajos se estructuran en función a cinco ejes temáticos: (i) gobernanza y asuntos sociales; (ii) asuntos ambientales y minero-energéticos; (iii) comercio, desarrollo económico y turismo; (iv) seguridad y defensa; y, (v) asuntos fronterizos y migratorios;

Que, es necesario autorizar el viaje de los/as señores/as Ministros/as de Estado que integran la comitiva oficial que acompañará al Señor Presidente de la República; y por consiguiente encargar las Carteras de los/as Ministros/as correspondientes;

Que, los gastos por concepto de viáticos de cada Ministro/a serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de cada Sector, respectivamente;

Que, el numeral 10.1. del artículo 10 de la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que durante el Año Fiscal 2018 la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos; se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, conforme al segundo párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la autorización de viajes al exterior de Ministros/as se efectúa por resolución suprema refrendada por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Cartagena de Indias, departamento de Bolívar, República de Colombia, del 26 al 27 de febrero de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema, de los siguientes Ministros/as de Estado:

- Señora Lucía Cayetana Aljovín Gazzani, Ministra de Relaciones Exteriores.

- Señor Jorge Raúl Esteban Kisic Wagner, Ministro de Defensa.

- Señor Abel Hernán Jorge Salinas Rivas, Ministro de Salud.

- Señora Ángela María del Rosario Grossheim Barrientos, Ministra de Energía y Minas.

- Señor Alejandro Arturo Neyra Sánchez, Ministro de Cultura.

- Señor Jorge Enrique Meléndez Celis, Ministro de Desarrollo e Inclusión Social.

- Señor Vicente Romero Fernández, Ministro del Interior.

- Señor Bruno Giuffra Monteverde, Ministro de Transportes y Comunicaciones

- Señora Ana María Choquehuanca de Villanueva, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

- Señora Eisa Patricia Galarza Contreras, Ministra del Ambiente

- Señor José Berley Arista Arbildo, Ministro de Agricultura y Riego

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos por la suma de US$ 740.00 (US$ 370.00 x 2 días) para cada uno de los Ministros/as de Estado autorizadas a viajar; serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de cada Sector, respectivamente.

Artículo 3.- Encargar a la Ministra de la Producción, señora Lieneke María Schol Calle, el Despacho de Energía y Minas, Cultura y del Ambiente; mientras dure la ausencia de sus titulares.

Artículo 4.- Encargar al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, señor Javier Alberto Barreda Jara, el Despacho de Agricultura y Riego, y de Transportes y Comunicaciones; mientras dure la ausencia de sus titulares.

Artículo 5.- Encargar al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señor Carlos Ricardo Bruce Montes de Oca, el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, y de Mujer y Poblaciones Vulnerables; mientras dure la ausencia de sus titulares.

Artículo 6.- Encargar al Ministro de Educación, señor Idel Alfonso Vexler Talledo, el Despacho de Defensa, Salud e Interior; mientras dure la ausencia de sus titulares.

Artículo 7.- Encargar a la Ministra de Economía y Finanzas, señora Claudia María Amelia Teresa Cooper Fort, el Despacho de Relaciones Exteriores; mientras dure la ausencia de su titular.

Artículo 8.- La presente resolución suprema no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Artículo 9.- La presente resolución suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente de la República

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ

Presidenta del Consejo de Ministros

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