Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Danza de los Negritos del suroeste de la provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica

Resolución Viceministerial

N° 30-2018-VMPCIC-MC

Lima, 21 de febrero de 2018

VISTOS, el escrito presentado por la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de Capillas, el Informe N° 000078-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y el Informe N° 000083-2018/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y,

CONSIDERANDO:

Que, el primer párrafo del artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública, los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;

Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo N° 1255, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de Capillas mediante escrito presentado el 15 de marzo de 2016, solicitó declarar al baile o la danza costumbrista de los negritos del distrito de Santo Domingo de Capillas, de la provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, mediante Informe N° 000153-2017/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de fecha 29 de mayo de 2017, la Dirección de Patrimonio Inmaterial solicitó información a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica (en adelante, DDC Huancavelica) en relación a los distritos que mantienen vigente esta danza, con el fin de integrarlos en la declaratoria de la expresión cultural en cuestión; lo que fue atendido a través del Memorando N° 000693-2017/DDC HVCA/MC de fecha 28 de noviembre de 2017;

Que, además, la DDC Huancavelica a través del Memorando N° 000060-2018/DDC HVCA/MC de fecha 6 de febrero de 2018, remitió el Informe N° 000009-2018-RCL/DDC HVCA/MC, por el que se señaló que los distritos donde se ejecuta la danza de los negritos son: Ayaví, Tambo, Santiago de Chocorvos, Santo Domingo de Capillas, San Francisco de Sangayaico y San Isidro, precisando que para fines de este procedimiento de declaratoria se denomine “la Danza de los Negritos del suroeste de la provincia de Huaytará”, de manera que se incluya a las poblaciones portadoras de los distritos en cuestión;

Que, mediante Informe N° 000083-2018/DGPC/VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural hizo suyo el Informe N° 000078-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de fecha 9 de febrero de 2018, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomendó declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a la Danza de los Negritos del suroeste de la provincia de Huaytará, de los distritos de Ayaví, Tambo, Santiago de Chocorvos, Santo Domingo de Capillas, San Francisco de Sangayaico y San Isidro, de la provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica;

Que, las danzas de negritos, negrillos, negrería, negros viejos, morenada, Qhapaq negro, entre otras, son expresiones culturales practicadas en gran parte de nuestro país. Este conjunto de diferentes danzas difieren esencialmente en los movimientos de baile y la indumentaria de acuerdo a la localidad; sin embargo, todas representan episodios de la historia de la población afrodescendiente durante las épocas colonial y republicana en el Perú. En muchas localidades, estas danzas se ejecutan como parte de las celebraciones en torno al nacimiento de Jesús, figura principal del cristianismo, iniciando días previos a su natalicio y finalizando días posteriores a la Bajada de Reyes. Estas fechas de celebración cristiana coinciden con el solsticio de verano y el inicio de la época de lluvias, lo que produce una serie de cambios en las actividades productivas y sociales. El cronista Felipe Guamán Poma de Ayala señalaba que durante el imperio inca se llevaba a cabo el Capac Inti Raimi, una gran fiesta compuesta por múltiples sacrificios en honor al dios sol que se realizaba en los meses actualmente conocidos como diciembre y enero. De este modo es posible aseverar que este periodo del año tiene mucha importancia para la población desde tiempos prehispánicos;

Que, la provincia de Huaytará está constituida por dieciséis distritos. Según información recogida en el XI Censo Nacional de Población – 2007 del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, esta provincia cuenta con una población de 21 756 habitantes, de la cual el 29.66% habita en área urbana y el 70.34% en área rural. Esta provincia se encuentra al sur del departamento de Huancavelica y colinda por el norte con las provincias de Castrovirreyna, Huancavelica y Angaraes del mismo departamento; por el sureste, con las provincias de Huamanga, Cangallo, Víctor Fajardo, Huanca Sancos y Lucanas del departamento de Ayacucho; y por el suroeste, con las provincias de Chincha, Pisco e Ica, del departamento de Ica;

Que, estas poblaciones han estado relacionadas desde épocas prehispánicas; así el Qhapaq Ñan o Camino Inca, que fue una red de caminos que conectó múltiples poblaciones del Tawantinsuyu facilitó, entre otros, administrar de manera eficiente los recursos existentes a lo largo del territorio. La zona de Huaytará formó parte de la ruta transversal del sur que unía la sierra con la costa, entre Vilcashuamán y Tambo Colorado, lo que permitió un intercambio constante entre poblaciones de la sierra y de la costa. Al respecto, el antropólogo John Víctor Murra denominó como “control vertical de un máximo de pisos ecológicos”, a la capacidad de la población de asentarse por temporadas en otros espacios y así aprovechar la producción y/o el intercambio de insumos de diferentes pisos ecológicos;

Que, es por ello que este territorio fue muy importante durante el imperio inca, según el Inca Garcilaso de la Vega, el Inca Pachacutec ordenó la construcción de un edificio que podría ser un templo o una fortaleza que serviría para consolidar la conquista sobre los Chinchas y los valles de esta zona. Dicha estructura fue utilizada por los conquistadores españoles como base para la edificación de la iglesia San Juan Bautista de Huaytará en el siglo XVI. Cabe mencionar que, con la llegada de los conquistadores españoles se inició la evangelización de la población utilizando para ello diversos mecanismos, como cantos y danzas, así como la apropiación de espacios de culto o administración indígena;

Que, la Danza de los Negritos del suroeste de la provincia de Huaytará es una representación de hechos históricos que reflejan el estrecho vínculo entre la cultura española, andina y costeña y, que está estrechamente ligada a la devoción católica. Según información que obra en el expediente, esta danza sería una fusión de la danza huaylía practicada en la sierra y la danza de negritos de la costa, sus portadores acogieron ambas expresiones agregándole características propias y creando de esta manera su propia expresión cultural;

Que, es necesario mencionar que la huaylía es una danza muy propagada en el sur de la provincia de Huaytará que se ejecuta durante celebraciones navideñas así como en celebraciones de año nuevo y Bajada de Reyes. El término parece provenir de la palabra quechua Haylli, que según el sacerdote Diego González Holguín en su Vocabulario de la Lengua Qquichua o del Inca, publicado en el año 1608, refiere a canto regozijado en guerra o chacras bien acabadas y vencidas. Esta característica se ve reflejada en la forma de alabanza al Niño Jesús y la alegría de los movimientos en la Danza de los Negritos del suroeste de la provincia de Huaytará;

Que, en cuanto a la danza de los negritos que se encuentra en la costa, ésta habría aparecido durante la época colonial y era ejecutada por los esclavos de origen africano que trabajaban en las haciendas, esencialmente en las localidades del departamento de Ica. Sobre esta danza, en particular la ejecutada en el distrito de El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, el etnomusicólogo William Tompkins explica que es ejecutada por grupos de adolescentes frente a nacimientos o belenes construidos en casas como muestra de adoración al nacimiento del Niño Jesús, y es acompañada de villancicos y violines. Asimismo, William Tompkins explica que la procedencia del nombre hace alusión a hechos históricos de esclavitud y explotación de la población afrodescendiente durante la época colonial, lo cual también se ve reflejado en la estructura de la comparsa donde el líder es denominado caporal, capataz en haciendas, y el representante del grupo llamado amito, proveniente del término amo. Todo ello concuerda con la descripción de la danza del suroeste de Huaytará que obra en el expediente, lo cual permite asociarla con la danza de la costa;

Que, la Danza de los Negritos del suroeste de la provincia de Huaytará es una ofrenda al Niño Jesús que también se ejecuta a través de los conjuntos de niños, jóvenes y adultos que interpretan villancicos y movimientos coreográficos individuales y grupales donde destaca el zapateo. Actualmente, la danza se ejecuta entre fines de diciembre hasta inicios de enero como uno de los elementos de la conmemoración del nacimiento de Jesucristo en diversas comunidades campesinas, centros poblados y anexos de los distritos de Ayaví, Tambo, Santiago de Chocorvos, Santo Domingo de Capillas, San Francisco de Sangayaico y San Isidro;

Que, la estructura de la comparsa de danzantes de los negritos del suroeste de Huaytará está organizada por el amito, denominado también mayordomo o carguyoq, quien se responsabiliza de la fiesta de su localidad voluntariamente. El amito se encarga de brindar comida y bebida a la población durante la festividad, asegurar la presencia de los danzantes en la misma y de este modo contribuye a la continuidad de la fiesta. Para poder cumplir con sus labores el amito pide ayuda a sus familiares, amigos y allegados, lo que en los Andes se conoce como ayni, una ayuda entre pares que será retribuida posteriormente, ello fortalece y promueve lazos de fraternidad entre los pobladores. La división del trabajo durante los días de fiesta es organizada por el amito a través del takiachikuy, momento en el que el amito delega las labores de la festividad como por ejemplo los encargados de las despensas, la cocina y los aguatores, colaborador que brinda agua a los danzantes de la comparsa de los amitos. El amito también asegura la participación de los danzantes con mayor trayectoria, prosa y elegancia -características reconocidas por la población- para que formen parte de su comparsa. Durante la festividad de Navidad se presentan dos comparsas, una organizada por el amito mayor y la otra por el amito menor;

Que, cada comparsa está compuesta por alrededor de 12 danzantes de diferentes edades, lo que permite la transmisión intergeneracional de la expresión y el afianzamiento de la relación entre pares. Los danzantes representan a los pastores y los Reyes Magos que, según la biblia, visitaron al Niño Jesús luego de su nacimiento. Cada comparsa tiene una jerarquía bipartita encabezada por el guía principal llamado caporal, elegido por su conocimiento y destreza en el baile, seguido por el guiador, luego se encuentra el traskiy palabra alternativa a chaskiy que significa mensajero, a continuación el pastorcillo y por último la tapita, apelativo que se da a los aprendices;

Que, la coreografía de la danza presenta una gran diversidad de momentos teniendo como principal movimiento el zapateo. Los danzantes de la comparsa se colocan en dos filas paralelas y ejecutan secuencias de la danza denominadas rueda mayor, rueda menor, rueda divina, rueda fuga o adoración al Niño, costa zapateo, contrapunteo o atipanakuy, y pascua. Según los portadores, la denominación de rueda hace referencia a los movimientos de los danzantes quienes hacen rondas en algunas secuencias. Los pasos se ejecutan principalmente en tres espacios, el atrio del cabildo, el atrio de la iglesia y la casa del amito denominada galpón, en referencia al albergue donde pernoctaban los esclavos;

Que, las ruedas mayor y menor contienen movimientos donde los danzantes giran de izquierda a derecha o viceversa, saltan en cuclillas, y dan vueltas completas, entrecruzándose; en todos los pasos los danzantes extienden los brazos y agitan las manos moviendo constantemente la campañilla y el chicote que portan. En la secuencia llamada rueda divina, se danza delante del atrio del cabildo y el atrio de la iglesia conmemorando el nacimiento de Niño Jesús. En el movimiento denominado rueda fuga, que se ejecuta delante de la imagen del Niño en el atrio de la iglesia, los danzantes deben competir pasando pruebas de resistencia, cánticos, alabanzas y zapateos. Durante la secuencia costa zapateo, que al igual que el paso anterior se ejecuta delante del atrio de la iglesia, solo se realiza zapateo al compás de doce melodías en violín, estos pasos son muy parecidos a la danza de la costa por ello el nombre. El contrapunteo o atipanakuy, es la competencia de baile entre las comparsas del amito mayor y el amito menor en el atrio del cabildo principal. Esta secuencia contiene tres pasos: patachi, cholada y pasada, cada danzante ejecuta varias veces estos pasos. Este momento permite congregar y afianzar lazos de fraternidad entre la población que se encargará de elegir a los mejores danzantes. El contrapunteo se ejecuta solo durante el día principal de la fiesta que puede ser el 25 de diciembre, 1 de enero o 6 de enero, dependiendo de la localidad. Por último, la pascua es el momento de reconciliación entre las comparsas, en este los danzantes bailan y cantan melodías de despedida;

Que, resulta importante recalcar el rol que desempeñan los villancicos, los cuales son entonados por los danzantes durante la ejecución de la danza y forman parte fundamental de la expresión, porque evocan episodios bíblicos y también históricos. Algunos villancicos representan un momento determinado de la visita al Niño Jesús, otros rememoran episodios de los maltratos sufridos por la población esclavizada, y otros son entonados en quechua, lo que sirve como medio de aprendizaje y permite dar una mayor valoración de esta lengua por las nuevas generaciones;

Que, la danza está acompañada de violines y bombos, lo que la diferencia de otras danzas navideñas como el hatajo de negritos, los pastorcillos, las huaylías, entre otras; en las que se utilizan otros instrumentos como cajón, guitarra o arpa. Cabe destacar el rol de los músicos y los danzantes en el desarrollo de esta danza, cada localidad les hace un reconocimiento por su destreza. Existen músicos que debido a su habilidad son invitados a tocar en festividades aledañas; este tipo de reconocimiento local les otorga un valor especial a los músicos y los danzantes ya que muchos de ellos son recordados de generación en generación debido a su habilidad y forman parte de la tradición oral de la localidad;

Que, la vestimenta de los danzantes comprende una camisa y pantalón blanco. Una corona -denominada turbante- que tiene un espejo circular en el centro. En el torso portan dos cintas gruesas de tela llamadas banda y contrabanda que se colocan superponiéndose de forma diagonal, y que destacan por el bordado de flores, los espejos y los cascabeles en los extremos. Asimismo, utilizan, coderas, rodilleras o canilleras de forma triangular que resaltan por el bordado, los espejos y los cascabeles. Los espejos son elementos muy utilizados pues hacen alusión a la estrella que guió a los Reyes Magos al pesebre del Niño Jesús. Los zapatos, generalmente de color negro, son elementos importantes ya que los danzantes producirán sonidos rítmicos durante el zapateo, característicos de la danza;

Que, los danzantes portan en una mano una campañilla que es utilizada para complementar la musicalidad de los instrumentos y para marcar el ritmo de la misma. La campanilla y los cascabeles de las bandas, coderas y rodilleras o canilleras sirven para realzar los movimientos de la danza. En la otra mano portan un chicotillo el cual haría referencia al objeto que utilizaban los caporales, evocando el sometiendo y maltrato que sufrieron los esclavos;

Que, esta danza presenta personajes complementarios como los morenos o viejos ancestros que se caracterizan por mofarse de la población, los cuales forman parte de la coreografía y se ubican alrededor de los danzantes durante la ejecución de la danza. Su indumentaria es parecida a la del negrito teniendo como principal diferencia el uso de máscaras que les permiten ocultar su identidad;

Que, cabe señalar que las comparsas tradicionalmente estaban compuestas solo por varones; sin embargo, actualmente las mujeres también forman parte de esta danza. La mayoría son hijas o nietas de danzantes que continúan transmitiendo y valorando esta manifestación cultural. Esta variación en la estructura de las comparsas es sumamente importante porque muestra los cambios sociales que son integrados a través de las adaptaciones en el patrimonio cultural inmaterial;

Que, los conocimientos relacionados a la danza y la música son aprendidos de dos maneras, a través de la observación directa de los niños, las niñas y los jóvenes durante las celebraciones al Niño Jesús, y mediante la enseñanza directa de los adultos danzantes y/o los músicos a los jóvenes que componen la comparsa durante los ensayos. Actualmente, la danza es ejecutada en instituciones educativas durante los días previos a la Navidad, lo que constituye otra forma de valoración y difusión de la expresión cultural dentro de la localidad;

Que, la Danza de los Negritos del suroeste de la provincia de Huaytará es la muestra de la devoción popular y cumple un rol importante dentro de la festividad en honor al Niño Jesús, debido a que los danzantes no solo cumplen la función de adoración al Niño Jesús sino también apoyan a los amitos de sus respectivas comparsas en sus labores durante los días de fiesta. Es también una expresión cultural que rememora el proceso histórico del encuentro entre culturas, sirve como representación y evocación de la historia de la población afrodescendiente, desde la mirada de la población de los Andes, así como de la historia compartida del tránsito e intercambio entre las poblaciones cercanas de la costa y de la sierra. Asimismo, el uso de la lengua quechua en los villancicos es muestra de la continuidad de esta lengua originaria en la zona. Todo ello fortalece la identificación de la población con su historia, memoria y fe afianzando su identidad;

Que, conjuntamente con las referencias alegadas en el N° 000078-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, importancia, valor, alcance y significados de la Danza de los Negritos del suroeste de la provincia de Huaytará, de los distritos de Ayaví, Tambo, Santiago de Chocorvos, Santo Domingo de Capillas, San Francisco de Sangayaico y San Isidro, de la provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 338-2015-MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación;

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Danza de los Negritos del suroeste de la provincia de Huaytará, de los distritos de Ayaví, Tambo, Santiago de Chocorvos, Santo Domingo de Capillas, San Francisco de Sangayaico y San Isidro, de la provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, por ser una expresión cultural de devoción popular que da testimonio del complejo proceso histórico local, una muestra de integración entre grupos culturales diversos y una remembranza de un periodo de la historia de la población esclavizada desde la mirada de la población de los Andes, permitiendo afianzar la identidad local y la memoria colectiva de la población.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) conjuntamente con el Informe N° 000078-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Viceministerial y el Informe N° 000078-2018/DPI/DGPC/VMPCIC/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, a la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de Capillas, Municipalidad Distrital de Ayaví, Municipalidad Distrital de Tambo, Municipalidad Distrital de Santiago de Chocorvos, Municipalidad Distrital de San Francisco de Sangayaico y Municipalidad Distrital de San Isidro, para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ERNESTO ARRUNÁTEGUI GADEA

Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias

Culturales

1619288-1