Aprueban la Actualización del Plan Vial Departamental Participativo de Ucayali 2017-2026

ORDENANZA REGIONAL

Nº 020-2017-GRU-CR

Pucallpa, cinco de octubre de 2017

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley;

Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el Inciso a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la que faculta, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional;

Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en su artículo 16º dispone que el Ministerio de Transporte y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley;

El artículo 16-A de la misma Ley Nº 27181 otorga a los Gobiernos Regionales competencia normativa, de gestión y fiscalización en materia de transportes, conforme a lo señalado en el artículo 56º de la Ley Nº 27967 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

El literal b) del artículo 56º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es competencia de los Gobiernos Regionales en materia de transportes: planificar, administrar, y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la red vial nacional o rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional;

Que, el Decreto Supremo Nº 11-2016 de fecha 23 de julio de 2016, decreta la aprobación de la actualización del clasificador de rutas hechas por los artículos 2,3,5,8 del Decreto Supremo Nº 012-2013-MTC;

Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, se aprobó el Reglamento de Jerarquización Vial, el reglamento el cual tiene por objeto establecer los criterios de clasificación de vías, destinados a orientar las decisiones de inversión y operación de esas áreas, como los criterios para la declaración de áreas o vías de acceso restringido;

Que, por Resolución Ministerial Nº 763-2017-MTC/01.02, de fecha 09 de Agosto del 2017, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, Bruno Giuffra Monteverde, clasifica a las carreteras señaladas como Rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial del Departamento de Ucayali, a fin que sean incorporadas en el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC, además que reclasifica de manera definitiva las Rutas Vecinales o Rurales, o tramos de éstas, como Rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial del Departamento de Ucayali e incorpora en la Red Vial Departamental o Regional del Departamento de Ucayali del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC;

Que, mediante Oficio Nº 444-2016-GRU-DRTC, de fecha 20 de Setiembre del 2016, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, remitió al Gobernador Regional de Ucayali, para su evaluación y aprobación el proyecto de Ordenanza Regional de “Actualización del Plan Vial Departamental Participativo de Ucayali 2017-2026”;

Que, el presente Plan Vial Departamental ha sido actualizado considerando el corredor vial y vías de integración de la Región de Ucayali, el cual permite articular la Región, incluyendo los principales nodos de desarrollo, zonas de frontera, capitales de provincias del departamento, favoreciendo el desarrollo socioeconómico e inversión pública de infraestructura vial; se pretende lograr en los próximos años el asfaltado de 1,663.58 Kilómetros de caminos departamentales en el marco de la Resolución Ministerial Nº 763-2017-MTC/01.02;

Que, la mencionada Actualización del Plan Vial Departamental Participativo de Ucayali 2017-2026, permitirá determinar, priorizar, formular y ejecutar los proyectos del corredor vial y vías de integración regional, con financiamiento estatal y/o de Cooperación Técnica Internacional;

Que, con el informe Nº 396-2016-GRU-DRTC-DC, de fecha 15 de setiembre del 2016, sobre la “Actualización del Plan Vial Departamental Participativo de Ucayali 2017” señala que la actualización propuesta ha sido actualizada considerando el corredor vial y las vías de integración de la Región Ucayali; estimando definitivamente 31 vías de reclasificación de vías vecinales con una longitud de 467.35 km;12 vías para la clasificación de vías con una longitud de 274.94 km; 22 vías por aperturar y clasificar con un total de 706.22 km; 07 vías departamentales actuales sumando un total de 1,662.61 km lineales distribuidos en las cuatro provincias de la Región Ucayali: Coronel Portillo, Atalaya, Padre Abad y Purús;

Que, mediante el Oficio Nº 612-2017-FRU-DRTC de fecha 21 de setiembre 2017, el Director de la Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones, en atención al Oficio Nº 009-2016-GRU-CRU/CPPYAT de fecha 01 de diciembre del 2016, remite el levantamiento de las observaciones solicitadas debido a que el Ministerio de Transporte y Comunicaciones se ha pronunciado mediante la Resolución Ministerial Nº 763-2017-MTC/01.02, señalando la clasificación de diversas carreteras como rutas departamentales o regionales de la Red Vial del Departamento de Ucayali. Asimismo se adjunta el Informe Legal Nº 353- 2017-GRU-DRTC-AL de fecha 19 de setiembre del 2017, el cuadro resumen de vías actualizadas de las cuatro Provincias (Coronel Portillo, Atalaya, Padre Abad y Purús) que consta de 851.31 km de longitudes de carreteras existentes y de 812.27 km, líneas de carretera por aperturar sumando un total de 1,663.58 Km notándose una pequeñísima variación de 0.97 Km, con respecto a la anterior propuesta que fue de 1662.61 Km, y el Mapa de la Red Vial actualizada Departamental de Ucayali;

Que, con INFORME LEGAL Nº 029-2017-GRU-CR-SCR/AIV-WGM, de fecha 03-10-2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martínez – Abogado IV del Consejo Regional, opina aprobar la propuesta normativa - Ordenanza Regional de ”ACTUALIZACIÓN DEL PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO DE UCAYALI 2017-2026“;

Que, mediante Dictamen Nº 002-2017-GRU-CR-CDS, de fecha 29 de mayo de 2017 la Comisión de Desarrollo Social del Consejo Regional, declara procedente la aprobación mediante Ordenanza Regional de ”ACTUALIZACIÓN DEL PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO DE UCAYALI 2017-2026“;

Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9º y 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha cinco de octubre de dos mil diecisiete, el cual consta en Acta, aprobaron por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

Artículo Primero.- APROBAR la ACTUALIZACIÓN DEL PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO DE UCAYALI 2017-2026, elaborado por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, comprendidos de 812.27 km de longitud de apertura de caminos y 851.31 km de longitud de caminos existentes sumando un total de 1,663,58 km de longitud de Caminos Departamentales.

Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 001-2009-GRU-CR de fecha 28 de enero de 2009 y la Ordenanza Regional Nº 019-2013-GRU-CR de fecha 20 de setiembre de 2013.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, la implementación de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario Oficial ”EL PERUANO“, y en el diario de mayor circulación en la capital de la Región y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).

Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación.

En Pucallpa, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.

LUIS ENRIQUE R. ASTURRIZAGA ROMAN

Consejero Delegado

Consejo Regional

FLORA AMASIFUEN AMASIFUEN

Consejera Delegada

Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los doce días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.

MANUEL GAMBINI RUPAY

Gobernador Regional

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