Declaran el primer viernes del mes de setiembre de cada año como “Día de los ajíes peruanos”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0060-2018-MINAGRI

Lima, 9 de febrero de 2018

VISTO:

El Oficio Nº 2614-2017-MINAGRI-DVDIAR/DGA- DIA, de fecha 29 de diciembre de 2017, del Director General de la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el cual solicita la declaración del “Día de los ajíes peruanos”; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, el artículo 4 del citado Decreto Legislativo, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30048, establece que el Ministerio de Agricultura y Riego, tiene como ámbito de competencia, entre otros, los cultivos y crianzas;

Que, el literal a) del numeral 4.2. del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, establece que corresponde al MINAGRI, en el marco de sus competencias compartidas, promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0434-2017-MINAGRI, se aprobó el “Plan de Desarrollo Sostenible de las especies del género Capsicum 2018-2028”, que tiene como objetivo incrementar la producción sostenible de capsicums, a través de la mejora de sus niveles de competitividad y productividad, lo cual permite aprovechar las oportunidades en el mercado nacional e internacional;

Que, el citado Plan ha previsto como actividad en el marco de su Estrategia 1.1 “Desarrollar un marca para los capsicum peruanos”, establecer el “Día del ají”;

Que, según el Censo Agropecuario del 2012, de un total de 10,245 unidades productivas o familias que producen capsicum al año 2012, 8,942 familias (UP) que representa el 87.28% de las UP, se dedicaban a la producción de ajíes y rocotos, conduciendo un total de 8,528 hectáreas que representa el 59.38% del total del área de la producción de capsicum;

Que, siendo el Perú, uno de los países, cuna de la producción de ajíes, que se caracteriza por una gran diversidad de ajíes nativos, producto de nuestra gran biodiversidad y cultura culinaria; siendo los que más destacan, el ají amarillo, ají panca y el rocoto, empezando a tomar relevancia el ají charapita y ají montaña de la selva peruana;

Que, los ajíes peruanos son productos básicos que integran la diversa gastronomía peruana, garantizando su color y sabor; además, su cultivo es desarrollado principalmente por los pequeños productores, representando nuestro legado cultural milenario que prevalece hasta nuestros días;

Que, con el Oficio del Visto el Director General de la Dirección General Agrícola hace suyo y remite el Informe Técnico Nº 124-2017-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIA, por el cual, propone se declare, el primer viernes del mes de setiembre de cada año como, “Día de los ajíes peruanos”, lo que permitirá promover a nivel nacional, regional y local la realización de festivales, concursos, celebraciones, ferias y encuentros alusivos a la fecha, para dinamizar la economía nacional, fortaleciendo la actividad comunitaria en el entorno rural; la innovación gastronómica; el reconocimiento de la importancia del factor cultural como eje del desarrollo económico local; el consumo sostenible de los ajíes y el cuidado de la biodiversidad; asimismo, fortalecer el posicionamiento comercial nacional e internacional de los ajíes utilizados en la gastronomía peruana; y, promover el conocimiento sobre la diversidad de usos y beneficios de los ajíes y el consumo en nuestra sociedad peruana en general;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Declarar, el primer viernes del mes de setiembre de cada año como, “Día de los ajíes peruanos”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ARISTA

Ministro de Agricultura y Riego

1615757-4