Disponen la reapertura de la Embajada del Perú en Nueva Zelanda

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 012-2018-RE

Lima, 6 de febrero de 2018

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema N° 152-2010/RE de 20 de abril de 2010, se dispuso el cierre temporal de la Embajada del Perú en Nueva Zelanda, debido a la aplicación de medidas de austeridad, orientadas a racionalizar los recursos asignados al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y contribuir de esa manera a una mejor disciplina en el gasto público;

Que, sin embargo, una de las acciones estratégicas del Plan Estratégico Institucional 2017-2019 del Ministerio de Relaciones Exteriores, es la de ampliar y profundizar las relaciones con Nueva Zelanda, así como sus mecanismos multilaterales;

Que, actualmente el Perú mantiene un alto nivel de coordinación y apoyo en temas multilaterales de gran interés como el Cambio Climático, Derechos Indígenas, Derechos Humanos y Asuntos Sociales. Asimismo, Nueva Zelanda ha demostrado con su apoyo ser un aliado en la aspiración del Perú para ser miembro de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OECD);

Que, en ese contexto, la reapertura de la Embajada del Perú en Nueva Zelanda propiciaría un mayor acercamiento entre ambos países en los ámbitos político-diplomático, geoestratégico, económico-comercial, académico, cultural, consular y de cooperación;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 11) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010/RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reapertura de la Embajada del Perú en Nueva Zelanda

Disponer la reapertura de la Embajada del Perú en Nueva Zelanda, con sede en la ciudad de Wellington.

Artículo 2.- Asignación de recursos

Asignar los recursos necesarios para la reapertura y sostenimiento del referido Órgano del Servicio Exterior, a través del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 3.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por la señora Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente de la República

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI

Ministra de Relaciones Exteriores

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